Cambios en la Academia Nacional: Modificación a la Malla Curricular y capacitación en verano
Alonso Ségeur Lara, 31 años, fue nombrado por el Directorio Nacional en septiembre de 2014 como Director de la Academia Nacional de Bomberos. Pese a su juventud, era un rostro familiar para muchos voluntarios de distintos puntos del país, no en vano durante 11 años ha dedicado parte de su vida – quizás gran parte de ella- a lo que él define como algo que ama: capacitar a sus pares desde su calidad de Instructor ANB.
Desde el escenario de la pedagogía, la realización de trabajos y tesis respecto a la formación de bomberos, “he obtenido datos respecto a las falencias que como sistema podemos tener y las cosas que podemos mejorar. Y mi intención en algún minuto de la vida era poder dedicarme a esto y mejorar e implementar todo lo que había diagnosticado”, un camino que reconoce será difícil pero para el cual existen los métodos de trabajo en instituciones educativas en Chile y el mundo.
A unos cuatro meses de asumido el cargo de Director ya hay cambios relevantes en el funcionamiento de la Academia Nacional (ANB); una de sus prioridades es agilizar la gestión de esta instancia de capacitación. Para ello se creó la figura del Consejo Directivo (que reemplaza al Consejo Superior) integrada por un Vicepresidente Nacional, tres Presidentes Regionales, el Gerente General, el Director de la Academia y un miembro de la comunidad bomberil que, tras un concurso público, fue nombrado por este Consejo, que sesiona de manera bimensual y que toma las grandes decisiones con respecto a la Academia. “Es una figura que agiliza bastante, ya que hay cuatro representantes del Directorio Nacional lo que hace que haya respaldo político y a través del Gerente el respaldo económico”, señala Ségeur, precisando que se mantiene el Consejo Académico, como órgano asesor de la dirección de la Academia y que tiene sus funciones propias relativas a ciertos procesos, mallas curriculares, y contenidos.
Más bomberos capacitados
De acuerdo a información entregada por el Director ANB, el último año la Academia entregó 27.000 certificaciones, muy superior a los 23.000 del 20012 y a los 15.000 de años que le antecedieron.
“Uno ve que hay una gran labor de dar 27 mil certificaciones pero estamos llegando al 30 por ciento, todavía falta mucho ya que hay que llegar al 50 o 60 por ciento de los bomberos, es decir, todo lo que estamos haciendo, aún no nos permite impactar a la gran mayoría de los voluntarios. Es por ello que para este año hemos planificado estrategias región por región, dependiendo de sus realidades, de sus estadísticas. Hay regiones que se han puesto las pilas y han funcionado muy bien y hay otras que requieren un poco más de apoyo para que lleguen a muchos más bomberos. Hay regiones que el 2014 capacitaron al 6% a sus bomberos lo que es poco; llegar a más bomberos es una de las principales líneas de trabajo 2015”, indica Alonso Ségeur.
Como parte de esa estrategia es que se determinó que el Centro de Entrenamiento de Bomberos no cerraría en febrero. En años anteriores se dedicaba un mes al mantenimiento de las instalaciones, pero dado que muchos bomberos de regiones tienen mayor posibilidad de viajar durante sus vacaciones para capacitarse, se determinó mantener las capacitaciones y ampliarlas además a los días de la semana, decisión que fue muy acertada dado el alto número de inscripciones.
Asimismo, se inició un proceso de extensión, que por reglamento le corresponde a la Academia, “por lo cual estamos desarrollando una serie de actividades distintas, que implica hacer promoción de nuestras cosas, realizar actividades para bomberos y mantenernos comunicados con la comunidad. Dentro de otras políticas generamos seminarios regionales, que esperamos que sean anuales, con temas de interés de cada región, donde podamos incorporar autoridades, otros sistemas de emergencia, a las Oficinas Nacionales de Emergencia, organismos competentes que estén involucrados en ello y que sea de interés para Bomberos”, detalla el Director de la ANB.
Cambios en la Malla Curricular
Otra cosa importante que se ha detectado en el último tiempo, señala el Director de la ANB, “son las aproximadamente 46 mil emergencias anuales a las que no les damos cobertura en nuestra malla curricular. El año 2014 nuestros bomberos salieron a unas 120 mil emergencias, para 46 mil de ellas no tenemos un curso asociado a esa respuesta. Por ejemplo, llamados eléctricos o un curso para responder a emergencias con gases. Si bien hay una práctica que se está haciendo solamente en los últimos años en el Centro de Entrenamiento no hay un curso asociado y son numerosas estas emergencias. No tenemos curso en proceso de Operador de Materiales Peligrosos siendo que salen unas mil doscientas emergencias cada año. Entonces otra de las grandes líneas de trabajo para el presente año es dar cobertura a más porcentajes de emergencia, que no se nos quede un 40 por ciento de urgencias sin darles cobertura, sino que a lo menos llegar al 80 por ciento. Para apagar un fuego en vehículo tampoco hay un curso que permita adquirir esas competencias”.
Es por ello que este 2015 la Malla ANB sufrió una serie de modificaciones y se generaron nuevos niveles de certificación, ello para dar además cumplimiento a lo que establece la Ley Marco de Bomberos de Chile, en cuyo Artículo 14 se señala que “Bomberos de Chile, a través de su Academia Nacional de Bomberos determinará las competencias mínimas que deberán cumplir las personas para el desempeño de la función de bombero”.
Asimismo, en Decreto del Ministerio de Justicia, del 7 de noviembre de 2013, se establece que para los efectos de determinar las competencias mínimas que deberán cumplir las personas para el desempeño de la función de bombero, será la Academia Nacional la encargada de establecerlas mediante resoluciones y que para el establecimiento de tales competencias se ha considerado las disposiciones de la norma NFPA 1001, para formación de Bomberos Voluntarios, las cuales deben ser impartidas por la ANB mediante resolución dictada al efecto, norma que tiene el carácter de obligatoria para los integrantes del Sistema Nacional de Bomberos.
En consideración de lo anterior, los Cuerpos de Bomberos integrantes del Sistema Nacional de Bomberos establecido en el artículo 1º de la ley 20.564, deberán someter a sus postulantes a un régimen de capacitación y entrenamiento básico que les permita alcanzar el nivel denominado
“BOMBERO INICIAL”.
Para obtener el nivel
“BOMBERO INICIAL”, la persona junto con ser admitida por un Cuerpo de Bomberos en carácter de postulante o aspirante, deberá acreditar haber aprobado los siguientes cursos, que serán impartidos indistintamente por la Academia Nacional de Bomberos o por instructores de los propios Cuerpos de Bomberos, que cumplan con los contenidos de los programas curriculares de la ANB:
- Curso Bomberos, Origen y Rol Actual
- Taller de Fuego Básico
- Curso de Reanimación Cardio Pulmonar
- Taller de Comunicaciones
- Taller de Equipos de Protección Personal
- Tácticas
La presente resolución se hará exigible a las personas que sean incorporadas a un Cuerpo de Bomberos a contar del día 1º de julio del año 2015.
Se establece también que los Cuerpos de Bomberos deberán someter a sus voluntarios a un régimen de capacitación y entrenamiento básico que les permita alcanzar el nivel denominado
“BOMBERO OPERATIVO”.
Para el nivel
“BOMBERO OPERATIVO”, el voluntario deberá acreditar haber aprobado los siguientes cursos, que serán impartidos indistintamente por la ANB o por Instructores de los propios Cuerpos de Bomberos, que cumplan con los contenidos de los programas curriculares de la Academia Nacional de Bomberos:
- PRIMAP
- Entrada Forzada
- Ventilación en Incendios
- Cuerdas, Nudos e Izamiento de Material
- Escalas para el Control de Incendios
- Búsqueda y Rescate en Incendios Estructurales
- Taller de Sistema de Comando de Incidentes
También podrán obtener el nivel
“BOMBERO OPERATIVO”, las personas, integrantes de un Cuerpo de Bomberos, que posean más de 20 años de servicios al 31 de diciembre del 2014, a las que se les homologará este nivel por parte de la Academia Nacional de Bomberos.
Las personas, integrantes de un Cuerpo de Bomberos, que posean entre 5 y 20 años de servicios, podrán someterse a una evaluación por parte de la Academia Nacional, para determinar su homologación en este nivel, proceso que se deberá realizar durante el año 2015, conforme a las instrucciones que imparta esta misma Academia.
La presente resolución se hará exigible a las personas que sean miembros de un Cuerpo de Bomberos a contar del día 1º de enero del año 2016.
Por último, en consecuencia de las necesidades del servicio, con relación a las emergencias a las que concurre Bomberos de Chile y las atribuciones que le Competen al Consejo Directivo, respecto a la aprobación de incorporación de mallas y cursos propuestos por el Director de la Academia Nacional de Bomberos (ANB), las que constan en el artículo 12º letra b, del Título III del Reglamento de la ANB, se resolvió que los Cuerpos de Bomberos integrantes del Sistema Nacional de Bomberospodrán someter a sus voluntarios a unrégimen de capacitación y entrenamiento que les permita alcanzar el niveldenominado
“BOMBERO PROFESIONAL”.
Para obtener el nivel
“BOMBERO PROFESIONAL”, el voluntario deberá acreditar haber aprobado los siguientes cursos, que serán impartidos indistintamente por la ANB o por Instructores de los propios Cuerpos de Bomberos, que cumplan con los contenidos de los programas curriculares de la Academia:
- Control de Fuego en Vehículos
- Control de Emergencias con Gases Combustibles
- Riesgos Eléctricos
- Control de Incendios
Niveles de certificación
► Bombero Inicial: Nivel que se obtiene al finalizar la secuencia de cursos del área y está destinada a bomberos que recién ingresan a la institución.
► Bombero Operativo: Nivel exigido por ley para desempeñar la labor de bombero.
► Bombero Profesionall: Nivel de obtención voluntaria, sustentado en las habilidades y conocimientos de Bomberos Estructural Nivel 1, según NFPA.
►Cursos de Especialidad: Todos los Cursos de Especialidad tienen como pre-requisito la condición certificada de “Bombero Operativo”, salvo Curso de Conducción para Clase F, en caso de ser personal rentado del Cuerpo de Bomberos requiere solamente autorización institucional.