Han aparecido varios expertos en leyes en este foro
Yo me remito a lo opinado por un Honorable Juez de la Republica al respecto. El Decreto Ley Nº 3.063 dice:
Artículo 20.- No requerirán permiso de circulación, sólo los siguientes vehículos:
1.- Los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden, siempre que sean para uso exclusivo militar o policial.
2.- Los pertenecientes a los Cuerpos de Bomberos o sus Compa*ñías, y
3.- Los de propiedad de las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país, de organismos internacionales a los que Chile haya adherido, o de los respectivos agentes diplomáticos, consulares o funcionarios internacionales, siempre que todas estas personas sean de nacionalidad extranjera.
Claro y preciso simplemente los vehiculos de bomberos no requieren el famoso permiso y supongo que sabemos lo que ello significa. En todo caso les puedo decir que segun el diccionario de la Real Academia de la Lengua en una de sus acepciones REQUERIR significa NECESITAR. Mas claro hecharle agua.
Todo lo demas que podamos opinar, si bien es válido, no me parece correcto.
Lo concreto es que no me pueden pedir lo que no necesito.
Se puede solicitar a la Municipalidad el permiso excento, pero esa figura ¿está contemplada en la Ley? o sólo se hace por darle en el gusto a los pacos?
Los que opinan que el hecho de haber retenido el vehiculo es una falta de criterio, creo que esta bién, pero yo soy un convencido que a los pacos no se les puede pedir criterio, no saben lo que es eso
Yo me remito a lo opinado por un Honorable Juez de la Republica al respecto. El Decreto Ley Nº 3.063 dice:
Artículo 20.- No requerirán permiso de circulación, sólo los siguientes vehículos:
1.- Los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden, siempre que sean para uso exclusivo militar o policial.
2.- Los pertenecientes a los Cuerpos de Bomberos o sus Compa*ñías, y
3.- Los de propiedad de las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país, de organismos internacionales a los que Chile haya adherido, o de los respectivos agentes diplomáticos, consulares o funcionarios internacionales, siempre que todas estas personas sean de nacionalidad extranjera.
Claro y preciso simplemente los vehiculos de bomberos no requieren el famoso permiso y supongo que sabemos lo que ello significa. En todo caso les puedo decir que segun el diccionario de la Real Academia de la Lengua en una de sus acepciones REQUERIR significa NECESITAR. Mas claro hecharle agua.
Todo lo demas que podamos opinar, si bien es válido, no me parece correcto.
Lo concreto es que no me pueden pedir lo que no necesito.
Se puede solicitar a la Municipalidad el permiso excento, pero esa figura ¿está contemplada en la Ley? o sólo se hace por darle en el gusto a los pacos?
Los que opinan que el hecho de haber retenido el vehiculo es una falta de criterio, creo que esta bién, pero yo soy un convencido que a los pacos no se les puede pedir criterio, no saben lo que es eso