Estimado, dígame específicamente dónde aparece, en cual de los 300 códigos de la NFPA aparece y le creo, no soy especialista en normas NFPA pero la verdad mucha gente critica, analiza y da opiniones tan al voleo que me enferma. Por ejemplo, si los equipos de respiración autónoma, se encuentran listados por UL, aprovados por NIOSH, se encuentran basados en la norma NFPA 1972, poseen una duración "nomina" de una hora (4500 psi o 300 bar), pero depende finalmente del comsumo de cada uno, no veo ¿cuál es el fundamento de criticar un elemento de protección personal, que se muestra orgullosamente por parte de colegas Bomberos en Iquique, para encontrarle algo malo?. La verdad es como decirle a un amigo: "Esta lindo tu nuevo Ferrari, pero es muy chico", eso es envidia aquí y en la quebrada del aji.
Ahora bien, lo que yo tengo entendido respecto al uso continuo de equipos de respiración autónoma, es que no es "recomendable" su uso por más de una hora pues el aire encapsulado en las botellas "puede ser muy seco", pudiendo afectar los pulmones y generar acumulación de líquido (edema pulmonar), ese es un fundamento válido, lo del peso puede ser por que no se "recomienda" cargar más allá del 30% de la masa corporal, debido a estudios de ergonomía básica que establecen los límites de carga sin la necesidad de una técnica para su levante, prueba de esto es la llamada "Ley del saco" que limita en 50 kilos lo máximo a levantar por cualquier persona (laboralmente hablando), y se cota a 25 kilos como lo prudente para manipular o cargar sin afectar la espalda.