Firefighter3 escribió:
con la nueva "manera" que tiene la aseguradora de pagar los gastos de accidentes de Bomberos en acto de servicio, se requiere de la autorización del representante legal del cuerpo de origen (siempre que estés trabajando en un Cuerpo que no es el tuyo), o sea, del Superintendente, es decir, si por cualquier motivo hubiesen tenido algún accidente en las faenas de rescate, NADIE los hubiese ayudado en los gastos que ello significa
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a lo que muchos dicen que es una estupides a o cual incluyo lo mismo en mi opinion, y a los que dice firefighter3 que tambien puede ser cierto, importa un comino voy a un caso super especifico osea que si yo estoy en otra comuna y soy bombero de la comuna del lado y tengo mi tenida4 puesta y lamentablemente sufro un accidente no me atenderan realmente digo firefighter3 estas muy equivocado a mi me paso estaba con mi papa en la casa de mi primo cuando salio una clave 10-4 a mas o menos 15 cuadras de la casa de este ( primo), cuando supimos que se trababa de una colicion frontal con volvamniento y al parecer con victimas fatales al minuto que la central daba las primeras comunicaciones, yo estaba en una comuna X de la VII Region y acudimos al lugar ya que estabamos a mas o menos 15 cuadras de distancia uno es bombero por pasion sentimiento y ademas vocacion y acudimos y lamentablemente una persona se paso un seda el paso y nos coliciono mi padre y yo tuvimos lesiones de caracter leve y la atencion por parte de bomberos samu y carabineros nos entregaron todo el apoyo, la atencion prestada por este cuerpo fue de la mejor ya que estavamos con mi primo que tb es bombero dela unidad de rescate de la comuna... los dos con tenida 4 entonces dime como fighter3 como puedes decir eso si esto no paso mas alla de un par de meses ya que por eso fue que no pasaba por el foro.