Haber distingamos, en chile existe algo que es la responsabilidad extracontractual que es materia propia del derecho civil, y por otro lado la responsabilidad penal.
Responsbailidad penal por daño a la propiedad, correcto pudiese haber, pero como se obro en pos de la humanidad y la ciudadania y adoptando el criterio establecido como causal de justificación ante un mal o peligro inminente no procederia la responsabilidad penal.
Responsabilidad civil, acá debemos distinguir si se obro con dolo o con culpa o negligencia, es decir el bombero X llega, habrá sido urgente romper el vehiculo?, si la parte demandante ( que nos demando por el daño emergente y lucro cesante), PRUEBA que no fue así el juez pudiera fallar a favor de ella.
RECUERDEN CAMARADAS en materia civil es super importante la PRUEBA de las partes, de ahí que existan fallos ( con no menores suma de dineros), que tienen distintas consecuencias, bajo los mismos hechos y antecedentes sometidos a una competencia de tribunales distintos. ( jurisprudencia de los tribunales).
Pongamosnos en la situación siguiente, nosotros rompemos los vidrios, y luego el auto se lo roban, o le roban una cifra muy alta de dinero; Acá tenemos un claro ejemplo de como la responsabilidad en materia civil es más amplia que en materia penal, donde sólo cumpliendo con los requisitos tipicos, y no operando alguna eximiente o causal de justificación se puede condenar. En materia civil es distinto, aveces contradictorio.
En mi pensar, sólo de haber la imperiosa y urgente necesidad de proceder al acto, realizarlo ( sentido común, que lamentablemente en bomberos suele ser el menos común de los sentidos).
Tratar de hacerlo ante la autoridad policial correspondiente dejando constancia del hecho ante el oficial o jefe a cargo del siniestro por parte de carabineros.
En caso de no estar carabineros tomar el mayor resguardo respecto del bien mueble, en ésta caso.
Pensar antes de hacer las cosas, no pasarse rollos con peliculas gringas, tener en cuenta que el sólo hecho de ser voluntarios y tener buen corazón ? no nos hace intocables ante la ley.
Po tanto, estar muy claro de las consecuencias jurídicas que nuestro actuar puede traer, tanto en nuestras vidas, como a nivel institucional.
Saludos.