URGENTE ASALTAN CUARTEL 2DA. DE COLINA CUARTELERO HERIDO

margen_skuad

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18 Oct 2008
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Los Angeles, Chile
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Ésto no es posible, atacar y robar un cuartel de Bomberos es tan grave como asaltar un cuartel de carabineros o una entidad publica.


Espero que el superitendente solicite a las autoridades que "revienten" las zonas donde se produjo éste hecho, claramente son delincuente vandalicos de ahí mismo. Mínimo una intervención a la poblacion.

Primero que todo, desear que el cuartelero se encuentre muy bien, y menos mal que ningún voluntario resulto herido en este cobarde ataque a una institución que lo único que hace es "SERVIR", nada mas que eso. Ojala que las "Autoridades" si es que así se llaman, de este país, puedan hacer algo contra este cruel ataque, así como se movieron rápidamente en el caso Samudio, ojala aquí lo hagan igual de rápido para atrapar a estos infelices mal nacido.

Lo otro, conosco gran parte de lampa, y dudo que los infelices que ingresaran al cuartel hayan sido de Lara Pinta, ya que el estrato social de ese lugar es medio alto, estos individuos son de otros lados de lampa. Y no me queda nada mas que desearle mucha fuerza a los camaradas de la 2da de Colina, bomba Lampa.
 

RVRESCUE

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No vamos a ceder...


Hace unos minutos hable con Luis Duran, Director de la Segunda Compañia, Bomba Lampa.

Me comentaba que esta tarde y luego de expuesta la situacion (una vez mas... despues de varios ataques) hay finalmente un compromiso por parte de la municipalidad para colocar una caseta de seguridad en el sector e iluminar la calle a la queda el patio del cuartel.

Carabineros y PDI por su parte comprometieron patrullajes por el sector.

Esta noche, nuevamente se recoge la guardia nocturna de la Segunda... en medio de la inseguridad e incertidumbre.

De verdad indigna saber que nada sucedera con estos delincuentes. Indigna observar algo que hace mucho Nacho pregona... los barbaros llegaron para instalarse en nuestra sociedad.

En medio de una cultura de satisfaccion inmediata, de nulo respeto por el projimo y por la vida, bomberos sigue defendiendo probablemente el ultimo bastion valorico.

Mi mas completo apoyo a nuestros amigos y hermanos Segundinos.

REINALDO VALLEJOS CACERES
 

RVRESCUE

Moderador General
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Minoria valorica


Estimado Margen_Skuad

La realidad es muy diferente para bomberos... no somos preocupacion para el Estado, aunque seamos una "minoria"... Si, una minoria, pues cada dia son menos los que aun cultivan los valores del altruismo y el amor al projimo al grado que bomberos aun lo hace en medio de una sociedad que promueve el egoismo como una filosofia de vida aceptable.

Ni la falta de recursos, ni las antes reiteradas y hoy ya diarias agresiones ni ninguna otra circunstancia o condicion conseguiran que dejemos de servir.

Esta es la razon por la que la comunidad aun deposita su confianza en nosotros. Es nuestra mejor carta de recomendacion y mayor orgullo, pero tambien nuestro talon de Aquiles y la razon por la que jamas seremos preocupacion ni prioridad de nadie.

REINALDO VALLEJOS CACERES
 

sebafireman6

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Maipu
Me indignan este tipo de situaciones

Me van a perdonar la "salida de madres" pero si me encuentro unos tipos que quieren robar en mi cuartel lo voy a defender con lo que tenga, lamentablemente si esperamos que alguien se preocupe de nosotros, con suerte nos vamos a quedar con los carros, lamentablemente la justicia hay que hacerla con las propias manos, si confiamos en las instituciones, nos pasara lo del chiste del bombo fica
 

Inside

Chupe
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Discrepo en parte de tu comentario FIRESTROM, soy estudiante de 4to año de Derecho (recien en la puerta de mi carrera) si con la nocion para poder decir que la defensa personal es vastante variable, nuestro cuerpo legal en este caso "Codigo Penal" en lo que respecta a la Legitima Defensa (Articulo 10, Inc. 4 Codigo Penal)

Cito:
Está exento de responsabilidad penal el que obra en defensa de su
persona o derechos, siempre que concurran las circunstancias siguientes:
1- Agresión ilegítima.
2- Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
3- Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende

Destacado en Negro, que pasa aqui en este punto numero 2. la Necesidad Racional del Medio Empleado tiene, Directa relacion. ¿por que? si nosotros repelemos una agresion ilegitma en este caso un asalto en nuestro domicilio, propiedad, cuartel sea el caso. le disparamos a un asaltante.... cierto?... todo bien, como lo vemos todos no?.... claro usamos la Legitima defensa... pero segun nuestra legislacion no fue asi ya que el "Delincuente" no venia armado. y! nostros pasamos a ser los agresores....

Esto es lo que pasa. Para nuesta legislacion debemos estar en igual condiciones tanto el asaltante como el Agredido para que a si concurra el Tipo Penal de la Legitima defensa si no. Nos sera impugnado a nosotros esta accion que nosotros vemos como Propia defensa......

¿No se, si me explico? soy bien enrredado para explicar :p


Nos tiran piedras a los carros y agreden a los voluntarios en los llamados y ahora atacan y roban un cuartel de bombas; todos los chilenos lamentablemente nos hemos tenido que llenar de rejas, alarmas, cámaras y de un cuanto hay para evitar que nos asalten y nos roben en nuestras casas, los cuarteles de bombas son nuestra segunda casa y debemos protegerlos con rejas, alarmas, cámaras de vigilancia, etc., y si es necesario usar armas de fuego, habrá que usarlas no más no nos queda otra, si el delincuente muere en el interior del recinto se considera defensa propia.

Espero que el Cuartelero agredido se recupere muy pronto.
 

Fotografo Bomberos

Bombero Activo
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Discrepo en parte de tu comentario FIRESTROM, soy estudiante de 4to año de Derecho (recien en la puerta de mi carrera) si con la nocion para poder decir que la defensa personal es vastante variable, nuestro cuerpo legal en este caso "Codigo Penal" en lo que respecta a la Legitima Defensa (Articulo 10, Inc. 4 Codigo Penal)

Cito:
Está exento de responsabilidad penal el que obra en defensa de su
persona o derechos, siempre que concurran las circunstancias siguientes:
1- Agresión ilegítima.
2- Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
3- Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende

Destacado en Negro, que pasa aqui en este punto numero 2. la Necesidad Racional del Medio Empleado tiene, Directa relacion. ¿por que? si nosotros repelemos una agresion ilegitma en este caso un asalto en nuestro domicilio, propiedad, cuartel sea el caso. le disparamos a un asaltante.... cierto?... todo bien, como lo vemos todos no?.... claro usamos la Legitima defensa... pero segun nuestra legislacion no fue asi ya que el "Delincuente" no venia armado. y! nostros pasamos a ser los agresores....

Esto es lo que pasa. Para nuesta legislacion debemos estar en igual condiciones tanto el asaltante como el Agredido para que a si concurra el Tipo Penal de la Legitima defensa si no. Nos sera impugnado a nosotros esta accion que nosotros vemos como Propia defensa......

¿No se, si me explico? soy bien enrredado para explicar :p

Estimado, te puedo garantizar que todos entienden lo de la legítima defensa.

Pero lamentable y ante ciertas situaciones, no nos gusta, porque me incluyo.

No tengo calificativo para expresar lo que siento por lo ocurrido, bueno, ni cuando los agreden en Acto de Servicio lo tengo.

En mi oficina lo cuento y no me creen, de que me extraño, si los mismos relacionados con Bomberos no nos lo podemos creer ?

Deseos de mejoria al Cuartelero y animo a la Compañía, no es mucho más lo que uno puede decir ante esto.
 

LAGUNINO

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Estimado Inside,

Hay un punto en tu desarrollo que no tomaste en cuenta. Generalmente el futuro de Chile, va siempre armado y dispuesto a usar lo que tenga a mano para lograr su objetivo. Al suceder esto, que es lomas probable que suceda, es legitima defensa hacerlo mie.............a, en el interior del Cuartel. En el mejor de los casos no matarlo, porque lomas probable es que salga la mama y la abuelita diciendo que era un buen niño y ejemplar padre de familia. Pero si darle un escarmiento que lo deje con algunos problemas para seguir delinquiendo.

Fraternales Saludos
 

Inside

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Correcto Lagunino, pero.....

Que pasa si este tipejo (sin el afan de defender a estos animalitos) entra con una navaja y nosotros respondemos con un revolver o Escopeta. si el entra sin nada y respondemos con un cuchillo...... Lamentablemente a mi punto de vista en este sentido la Ley Ampara al delincuente yo considero esto correcto pero en via publica. ahora en nuestros domicilios....??? en mi opinion personal, persona desconocida que entrase a mi domicilio o al de cualquiera.... Entro y esta frito........ que se atenga a lo que venga y la ley debería protegernos a nosotros.

Pero bueno...... asi esta nuestro Chilito.
 

LAGUNINO

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Estimado Inside,
Tengo entendido que si tu repeles un ataque, indistintamente que sea con un arma de mayor potencia, estando debidamente inscrita, y dentro de la propiedad, es defensa propia. Ahora, como postee hace un rato, puedes tirar a matar, o lo que yo haría seria tirar a las rodillas, cosas que se acordara cada día de los Bomberos al caminar.

Fraternales Saludos
 

Inside

Chupe
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Aun asi, como mencione depende de los puntos que mencione, " Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla." De hecho se dio en un caso hace un mes si mal no recuerdo, en que entraron 2 personas a una propiedad privada, el hijo del dueño no recuerdo bien, si el o el papa le disparo a los antisociales con una escopeta, hiriendo de muerte a uno y dejando otro Grave, el tipo fue procesado por Homicidio. esto con razon a justamente lo que mencione... y si mal no recuerdo los tipo estaban huyendo cuando les disparo....
 

Inside

Chupe
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Aun asi, voy a consultar bien en la semana el tema de Legitima Defensa, con respecto al Domicilio y cuales son agravantes y atenuantes en ambos casos, de darse la legitimidad como de no. y que podemos hacer al respecto de vernos involucrados en un asalto a nuestra propiedad y en especial a nuestros cuarteles. y le tengo un respuesta mas clara Lagunino ;)
 

LAGUNINO

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Muchas gracias Inside. Espero tener noticias pronto respecto de este punto y que a su vez podamos compartir con los Sextinos. Por lo pronto Feliz día Seis.

Fraternales saludos
 

LAGUNINO

Comandante de Guardia
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Estimado Inside,

Cuando tengas la Información, si gustas la puedes acompañar de las fotos. jajajajajajajajaja.

Fraternales Saludos
 

RVRESCUE

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31 Mar 2007
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Valparaiso

Lagunino... si puedes, encarga que ademas te envie las fotografias del 10-6 del 23 de Enero de 2012. Aun las espero para adjuntarlas al archivo del Analisis Post Incidente.

Tambien podria adjuntar las del Incendio de Chorrin (en la que tuvimos que adjuntar al archivo de API fotografias de prensa) y asi un monton mas.

Aun las estamos esperando.

Saludos,

REINALDO
 

Inside

Chupe
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Las del 10-6 se dio Formato a la tarjeta.... xDDDD

Cuales son las del Incendio de Chorrin???...

Lagunino, te mande un MP para que me envie su correo personal y mandarle las Graficas ;)

Saludos Cordiales.-



Lagunino... si puedes, encarga que ademas te envie las fotografias del 10-6 del 23 de Enero de 2012. Aun las espero para adjuntarlas al archivo del Analisis Post Incidente.

Tambien podria adjuntar las del Incendio de Chorrin (en la que tuvimos que adjuntar al archivo de API fotografias de prensa) y asi un monton mas.

Aun las estamos esperando.

Saludos,

REINALDO
 

LAGUNINO

Comandante de Guardia
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23 Ene 2008
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Estimado,

Ya leyó los requerimientos de su 46, así es que me los hace llegar a mi para ser el ministro de fe y que después no lo pasen a Junta por no cumplir con los compromisos.

Fraternales saludos
 

CFlamma

Bombero Activo
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10 Nov 2007
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Discrepo en parte de tu comentario FIRESTROM, soy estudiante de 4to año de Derecho (recien en la puerta de mi carrera) si con la nocion para poder decir que la defensa personal es vastante variable, nuestro cuerpo legal en este caso "Codigo Penal" en lo que respecta a la Legitima Defensa (Articulo 10, Inc. 4 Codigo Penal)

Cito:
Está exento de responsabilidad penal el que obra en defensa de su
persona o derechos, siempre que concurran las circunstancias siguientes:
1- Agresión ilegítima.
2- Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
3- Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende

Destacado en Negro, que pasa aqui en este punto numero 2. la Necesidad Racional del Medio Empleado tiene, Directa relacion. ¿por que? si nosotros repelemos una agresion ilegitma en este caso un asalto en nuestro domicilio, propiedad, cuartel sea el caso. le disparamos a un asaltante.... cierto?... todo bien, como lo vemos todos no?.... claro usamos la Legitima defensa... pero segun nuestra legislacion no fue asi ya que el "Delincuente" no venia armado. y! nostros pasamos a ser los agresores....

Esto es lo que pasa. Para nuesta legislacion debemos estar en igual condiciones tanto el asaltante como el Agredido para que a si concurra el Tipo Penal de la Legitima defensa si no. Nos sera impugnado a nosotros esta accion que nosotros vemos como Propia defensa......

¿No se, si me explico? soy bien enrredado para explicar :p

En el entendido que lo que se cita es el N° 4 del art. 10 del Código Penal, hay que considerar que en la parte final del N° 6 del mismo artículo se señala lo que sigue:

"Se presumirá legalmente que concurren las
circunstancias previstas en este número y en los números
4° y 5° precedentes, cualquiera que sea el daño que
se ocasione al agresor, respecto de aquel que rechaza
el escalamiento en los términos indicados en el número
1° del artículo 440 de este Código, en una casa,
departamento u oficina habitados, o en sus
dependencias, o, si es de noche, en un local comercial
o industrial y del que impida o trate de impedir la
consumación de los delitos señalados en los artículos
141, 142, 361, 362, 365 bis, 390, 391, 433 y 436
de este Código".

Es lo que se conoce como "legítima defensa privilegiada" y, tal como su texto señala, presume reunirse las condiciones de la legítima defensa en los casos que indica, entre los cuales tanto es fácil subsumir la hipótesis de un Cuartel de Bomberos, como lo dice expresamente respecto de un robo con violencia del art. 436 (este último el caso de Colina).