@ron40 con respecto al caso del Z6 de Rancagua, la ley de tránsito es clara en cuanto a luces y sirenas. A continuación unos extractos del texto legal:
Artículo 71.- Se prohíbe el uso de cualquier foco o luz que induzca a error en la conducción.
Sólo los vehículos de emergencia y los demás que determine el reglamento que se dicte podrán o deberán estar provistos de dispositivos luminosos, fijos o giratorios, y su uso se sujetará a lo que el reglamento respectivo determine.
Artículo 74.-. Prohíbese en las zonas urbanas el uso de cualquier aparato sonoro de que estén provistos los vehículos.
En las vías rurales podrá hacerse uso de ellos sólo en caso necesario.
Exceptúanse de esta prohibición los vehículos de emergencia en servicio de carácter urgente. Con todo, los demás vehículos podrán hacer uso de sus elementos sonoros, por excepción, para prevenir un accidente y sólo en el caso de que su uso fuere estrictamente necesario.
No podrá hacerse uso del aparato sonoro de un vehículo en el interior, al entrar o salir de un túnel.
Fuente:
https://www.leychile.cl/Consulta/m/norma_plana?idNorma=1007469&org=lmb
Por lo tanto, si a ese carro no le ponen esos implementos, corre serio riesgo de infracciones y posterior prohibición de funcionamiento (por acudir a una emergencia sin luces y sirenas)
Saludos
Venturio