Estas en un error colega, para constituir cualquier corporación sin fines de lucro, como lo es un Cuerpo de Bomberos, se necesita un mínimo de quince personas mayores de edad, que se presenten y suscriban el acta fundacional ante ministro de fé.
Que en su reglamento, una corporación (cualquiera) determine que su organización será de una determinada forma, que en el caso de los CC.BB. en Compañías (por ejemplo, perfectamente podría dividirse en Batallones, escuadras, etc.), es otra cosa aparte. Pero ningún texto legal exige que un CC.BB. necesite formar dos compañías o mas.
No se debe perder jamás de vista que los CC.BB. son Corporaciones de Derecho privado, sujetas a la regulación del Código Civil en su art. 545 y siguientes, tal y como cualquier otra corporación sin fines de lucro: Damas de verde, Clubes deportivos, asociacion de brisca y escoba, etc, por citar algunos.
Saludos
gracias compañero pero mi especialidad no son las leyes solo dije que por lo que entendía jaja no dije que es así.. bkn gracias por tu aclaración
saludos