Estimado Krizalid,
Según entiendo se puede tomar seguros si uno avisa y deja por escrito o constancia de que se es Bombero. Pero, las Compañías de seguros si te pueden rechazar este seguro, al saberlo o me equivoco? Muchas gracias por la aclaración.
Fraternales Saludos
Exactamente, así es. Las compañías de seguros deben estar en conocimiento de las actividades que quien toma el seguro desarrolla, la lógica del seguro de vida es no dejar desamparado a quien depende de uno, por ello la aseguradora debe estar en conocimiento de los riesgos que la persona pretende cubrir con el seguro, Si este no informa las actividades que desarrolla que tienen un grado de riesgo distintas unas de otras (entre las cotidianas del día a día que se entienden como riesgos generales de la vida ej: atropello, caída, accidente en vehículo, infarto "salvo que tenga problemas cardíacos y estos no hallan sido declarados en la póliza" de aquellos que no son riesgos generales de la vida como actividades riesgosas, deportes, trabajos especificos, en este caso esta bomberos porque no es una actividad cotidiana del común de la gente por ende debe ser especificada) Si esto ocurre, es decir, dicho riesgo que se corre es especificado en la póliza y luego se fallece el seguro debe cubrir si o si.
Saludos
El ejemlo que parecio en Chile vision ( ¿por que no puedop encotrar la noticia y el video?) tenia como ejemplo al comandante de teno que fue atropellado y sus seguros personales se esfumaron pues no cubrian ya que el accidente fue su actividad de Bombero
Probablemente su poliza de seguro no contemplaba su actividad como bombero, la cual debió haber informado a la compañía aseguradora para determinar la naturaleza y extensión del riesgo a que se expone.
Si tengo mi casa asegurada contra incendios y no digo que almaceno 10Kg de pólvora en el subterráneo, en caso de siniestro ninguna aseguradora me va a pagar los daños.
Para el Cdte de Teno, el caso es análogo, si no dijo (supongo) que era bombero, obviamente el seguro no le va a pagar, no estaba pagando el adicional por oficio peligroso (aunque no haya sido su intención ocultarlo), así de simple.
En otros casos no similares, algunos piensan que si por su casa de $80MM toman y pagan religiosamente un seguro por $2.000MM creyendo que en caso de incendio se harán millonarios están viviendo una fantasía, el asegurador pagará el costo de reposición.....aunque por 30 años hayan estado pagando la prima calculada para $2.000MM....¡PLOP!!.
Es mas, la ley indica claramente que el pago por un siniestro (incendio, choque, o lo que sea) no puede significar ganancia o utilidad para el asegurado.
Así es, el seguro jamás va a cubrir actividades riesgosas no informadas y por lo mismo no contempladas en la póliza, respecto al tema de la casa el comentario es asertivo. LA LEY EVITA Y SANCIONA EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA.
Respecto al tema del diputado, claramente creo yo que va a tratar de refugiarse en alguna garantía constitucional de las contempladas en el art 19 de nuestra Constitución, en este caso la N°2 "igualdad ante la ley", el tema es que muchos no saben interpretar la garantía y buscan alguna laguna donde poder refugiarse, pero lo que la ley asegura es que todas las personas estarán sometidas al mismo ordenamiento jurídico EVITANDO HACER DIFERENCIAS ARBITRARIAS, y es acá donde se produce el problema, por cuanto la ley permite que en ciertos casos se hagan diferencias, siempre y cuando sean razonables y lógicas. La diferencia arbitraria seria en hacer discriminaciones entre personas que se encuentran en una misma situación, pero cuando se hacen diferencias entre personas que se encuentran en situaciones distintas no hay discriminación.
Un claro ejemplo de discriminación o diferencia arbitraria, es cuando se hace en base a la raza, creencia religiosa, ideal político, estrato social, estatura etc, por cuanto todos somos seres humanos y esa situación es la misma respecto de todos. Por otro lado no habría diferencia arbitraria en el siguiente ejemplo: los impuestos que pagan los trabajadores dependientes por sus rentas varían de acuerdo a los ingresos que perciban, por ende mientras mayor sea la renta, mayor sera la tasa aplicable a la base imponible que trae como consecuencia un impuesto de cuantía mas alta, ejemplo igual es la de no pagar impuestos en las zonas francas por cuanto dichas personas están en situaciones diferentes al resto del país por encontrarse en zonas extremas las cuales el estado busca que sean pobladas por un tema de presencia de habitantes chilenos en razón de Seguridad Nacional respecto de los países vecinos.
saludos