DEPARTAMENTO JURÍDICO
NORMAS SOBRE GRIFOS CONTRA INCENDIO
En materia de Grifos contra incendio existen diversas
disposiciones legales y reglamentarias que regulan dicha materia,
tanto en lo que se refiere a su instalación como en cuanto a los
requisitos técnicos y de operación de los mismos.
Estas normas son principalmente las siguientes:
1.- El “Reglamento de la Ley General de Servicios Sanitarios”
(Decreto Obras Publicas Nº1.199 de 2004),
2.- La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones,
(Decreto Nº 47 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de 1992)
clases de grifos: La formativa vigente reconoce dos clases de grifos ,
que va a depender de su ubicación, teniendo en común el que ninguno
de ellos requiriere medidor o contador. Las dos clases de grifos son
los siguientes:
a) Grifos ubicados en la vía pública; son parte integrante de la
red de distribución de agua potable, cuya mantención es de
responsabilidad de la respectiva empresa distribuidora.
b) Grifos ubicados en propiedades particulares. Estos a su
vez pueden ser de dos clases:
• De incendio, sin derecho a consumo.
• De destino múltiple, no exclusivo de incendio.
(extracto
http://www.bomberos.cl/Legislacion/grifos.pdf)
de cuales se habla y tratan aqui?