AMBULANCIAS EN BOMBEROS

Venturio

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@nfd se equivoca, en esos lados consideran a bomberos una "extensión" del servicio de ambulancias, a tal punto que en Portugal (por ejemplo) crearon el "Sistema Integrado de Emergencia Médica" (SIEM) para dar respuesta eficaz a casos pre-hospitalarios

http://www.inem.pt/2017/05/30/o-sistema-integrado-de-emergencia-medica-2/

Una pena que en Chile no se permita a las ambulancias de bomberos apoyar al SAMU para trasladar a civiles al centro asistencial mas cercano. Por ejemplo, nunca he visto a las ambulancias del CBS trasladar a civiles heridos.

Saludos
Venturio
 

nfd

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124
porque no es pega de bomberos asi de simple
 

124

Chupe
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Según tengo entendidonose si todas... las ambulancias de bomberos tienen resolución sanitaria para poder operar como ambulancia. Y en caso de requerirse mayor cantidad de ambulancia de las que cuenten los centros de atención médica. Pueden requerir las de los cuerpos de bomberos siempre y cuando la tripule personal competente. En caso de no contar con dicho personal, se puede pedir a centros médicos.
 

Venturio

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24 Jul 2012
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@nfd @excflamma entonces estamos a "años luz" de países como USA, Francia, Portugal, Alemania, Japón, Rumania... donde los bomberos encabezan/apoyan a las otras ambulancias, pudiendo ser despachadas antes por la cercanía al lugar del llamado





@124 claro que tienen resolución sanitaria, de lo contrario, no podrían funcionar como tales.

Saludos
Venturio
 

sebafireman6

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Según tengo entendidonose si todas... las ambulancias de bomberos tienen resolución sanitaria para poder operar como ambulancia. Y en caso de requerirse mayor cantidad de ambulancia de las que cuenten los centros de atención médica. Pueden requerir las de los cuerpos de bomberos siempre y cuando la tripule personal competente. En caso de no contar con dicho personal, se puede pedir a centros médicos.

No todas las ambulancias en bomberos tienen resolución sanitaria
 

sebafireman6

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Maipu
@nfd @excflamma entonces estamos a "años luz" de países como USA, Francia, Portugal, Alemania, Japón, Rumania... donde los bomberos encabezan/apoyan a las otras ambulancias, pudiendo ser despachadas antes por la cercanía al lugar del llamado

@124 claro que tienen resolución sanitaria, de lo contrario, no podrían funcionar como tales.

Saludos
Venturio

Creo que no tiene que ver con estar o no a años luz, si no que con distintos sistemas de trabajo. Yo creo que con el nivel de intervención que tenemos en las emergencias es suficiente (y hasta un poquito de más diría yo), podemos tener todas las buenas intenciones del mundo, pero mejor hacer menos cosas bien que muchas a medias. Yo preferiría fortalecer el SAMU que llenarnos de ambulancias.

saludos
 
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Buen dia, el problema es que para que una ambulancia tenga resolución sanitaria debe cumplir ademas del equipamiento (Básica o Avanzada) con un listado del personal con titulo profesional que cumplirá con los turnos del servicio.
Esto quiere decir que un CB. deberá presentar ante el Seremi la documentación del o los vehículos y de conductores, Técnicos Paramédicos, Enfermeros, (as) etc. Y que estos cumplirán turnos de x horas x días por semana.
Actualmente en varios CB las S están tripuladas por bomberos con el curso de operador de trauma y en caso de un paciente grave puede que no tengan los conocimientos ni equipo necesario, lo que puede convertirse en un verdadero problema judicial.
Yo tengo entendido que las S de mi CB no tienen resolución a pesar de estar equipadas como AEA.

Saludos.
 

nfd

Comandante de Guardia
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124
Buen dia, el problema es que para que una ambulancia tenga resolución sanitaria debe cumplir ademas del equipamiento (Básica o Avanzada) con un listado del personal con titulo profesional que cumplirá con los turnos del servicio.
Esto quiere decir que un CB. deberá presentar ante el Seremi la documentación del o los vehículos y de conductores, Técnicos Paramédicos, Enfermeros, (as) etc. Y que estos cumplirán turnos de x horas x días por semana.
Actualmente en varios CB las S están tripuladas por bomberos con el curso de operador de trauma y en caso de un paciente grave puede que no tengan los conocimientos ni equipo necesario, lo que puede convertirse en un verdadero problema judicial.
Yo tengo entendido que las S de mi CB no tienen resolución a pesar de estar equipadas como AEA.

Saludos.
exactamente por eso ñuñoa a sus unidades no le puso ambulancias sino unidad de rescate aun cuando sean ambulancias

y @Venturio aprendamos bien a apagar los incendios de arica a punta arenas antes de meternos en el trabajo de las ambulancias. hay cuerpos que hasta en rescate vehicular dan ganas de llorar, algunos casos los hemos visto aca.

no es estar a años luz pero NO ES LA PEGA DE BOMBEROS EN CHILE
 
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Venturio

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24 Jul 2012
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@nfd @sebafireman6 con la "disposición" de las autoridades actuales... el dia del níspero tendremos un SAMU decente y que no genere reclamos de la gente (los candidatos presidenciales tampoco proponen mejorar la atención pre-hospitalaria). Si el SAMU quiere funcionar como corresponde, deberá ver el siguiente video:


Y sobre la frase "no es la pega de bomberos en el país"... lo mismo pensaban los japoneses hasta Marzo de 1995, producto del ataque al metro de Tokio, se dieron cuenta de que el servicio de ambulancia por sí solo no basta cuando las llamadas son frecuentes (cosa que empeora en catástrofes naturales/humanas a gran escala), de ahí que los bomberos apoyen a las ambulancias en el traslado de heridos.

Saludos
Venturio
 

NOVATO-PARAMEDICO

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11 Sep 2020
21
9
1
Ambulancias y bomberos

Es una realidad que muchas estaciones de bomberos cuentan con una ambulancia, desde vehículos modificados o diseñados de fabrica. Algunos países regulan estrechamente el servicio de ambulancias, mientras que otros permiten a bastante amplias diferencias entre los tipos de operador del servicio de ambulancia. En los Estados Juntos de Norte America, muchas veces el servicio lo provee el Departamento de Bomberos de la ciudad, haciendo lo que en el la Republica de Chile es el Servicio de Atención Médica de Urgencias. En otros países, éste es realizado por la Cruz Roja o por los mismos centros médicos (SAMU).
En Chile existe una regulación clara sobre el tema, expresado en el decreto 218, del ministerio de salud, APRUEBA REGLAMENTO DE SERVICIOS PRIVADOS DE TRASLADO DE ENFERMOS. Primero debemos reconocer a los Cuerpos de Bomberos como corporaciones privada, con personalidad jurídica y estatutos propios, por ende el tratamiento que reciben las ambulancias de los apaga fuegos, son vehículos privados. En esta parte el reglamento indica, en su párrafo II, artículos 4° y 5° los requisitos besicos para el funcionamiento de sus ambulancias, en resumen, cada Cuerpo de Bomberos debe elevar solicitud al respectivo servicio de Salud del MINSAL, correspondiente a la juridicidad de su personalidad juridica, con nombre del superintendente, la dirección de cuerpo y de las compañías, números telefónicos, identificar al director técnico que velara por el servicio de traslado de pacientes, labor que le correspondería al cirujano del cuerpo (no siempre el cirujano es el inspector medico) este debe ir con copia de su certificado de título y horario de trabajo, ademas deben tener las especificaciones de los elementos y material con que cumplirá su servicio; ambulancias con su respectivo equipamiento; equipos de comunicaciones, etc y dotación de personal de médicos y enfermeras con que funcionará con sus horarios de trabajo y sistema de turnos. en lo administrativo también encontramos el libro foliado, que será timbrado por el Servicio de Salud, de sugerencias y reclamos de los ciudadanos.
En el párrafo III indica como es el funcionamiento base del servicio de ambulancias, las responsabilidades del DT (director Técnico), etc...
En algunos Cuerpos de Bomberos, las ambulancias son utilizadas para trasladar a miembros de la institución, bajo autorización del comandante, con una suerte de... "es nuestra ambulancia, son nuestros bomberos" aun que en estricto rigor, todos, con uniforme o no, somos primero ciudadanos y aplican las normativas civiles por sobre las institucionales, mas que vació legal, existe una suerte de culturizacion de que bomberos es una entidad especial, que es poco regulada y por ende aplican muchas veces el estar por sobre la ley, ejemplo es ¿Cuantas bombas tienen la revisión técnica al día?, al no recibir una fiscalización, no existe el riesgo de actuar, y se moviliza según la frase "como nunca a pasado nada, no es importante", en estricto rigor, tener una ambulancia no los faculta para el traslado de enfermos ni heridos, bajo ninguna situación ni excusa. es decir civiles ni bomberos.
Tambien debemos porner en perpectiva, la funcion o labor de los bomberos chilenos, en las cuales queda a fuera el translado de enfermeros o heridos, labor que le recae por legislatura al SAMU visto lo dispuesto en los artículos 4°, 6° y 16° del decreto ley N° 2763 de 1979; en su artículo 9° del decreto N° 395 de 1979, del MINSAL; en la ley N° 18.469; y en la resolución N° 520 de 1996, de la Controlaría General de la República, como un deber del estado en base en conformidad al Capitulo III, articulo 19 de la constitución política de la República, que ustedes juran o prometen proteger, y dice mas o menos asi... "Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas, 1º.- El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas. Es decir, ante una urgencia sanitaria es principal responsable es el estado de suministrar los recursos directos a la ciudadanía, no importando su filiación en prestador de salud, dejando excluido a los bomberos de esa responsabilidad.
En conclusión los bomberos y sus ambulancias podrían ejercer el servicio privado de traslado de heridos o enfermos, cumpliendo con los requisitos legales, las preguntas que quedan es...
¿Los bomberos cuentan con los recursos para cubrir esta necesidad civil? o ¿deben dejarle los pasteles a los pasteleros?
Desde ya atento a sus comentarios.