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Krizalid
El traslado SI le compete a Bomberos, porque tal como tu lo estas diciendo; si no hay nadie que se lleve al paciente.... ¿Quien crees tu que se lo llevara? El traslado es un factor que compete a Bomberos desde el momento en que llega, siendo necesario evaluar en todo momento el estado del lesionado y por ende la necesidad de un pronto envio. Claro, no es lo ideal, ""no es tu responsabilidad"", no esta escrito... pero en la practica sabemos que es asi.
Por otra parte, la autorizacion para trasladar al lesionado no se la debes pedir a Carabineros, tal vez por un tema de dejar constancia de la situacion sea conveniente darle una explicacion o resumen de la misma y el posible desenlace si no se realiza el traslado (eventual muerte del accidentado) Tu central de alarmas y CENCO, debieran comunicarse con el medico regulador de SAMU o el centro asistencial mas proximo, y a el, solicitarle autorizacion para que Bomberos realice el traslado.
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Compadre Akron, el traslado del paciente no es un tema que le compete a Bomberos insisto, es evidente que Si, pero SIEMPRE Y CUANDO NO ESTE EN EL LUGAR CARABINEROS O EL SAMU, es la unica forma en que nos competeria, de estar ellos en el lugar la responsabilidad recae en ellos, en el samu porque esta dentro de sus funciones y en Carabineros porque estan a cargo de la emergencia desde el punto de vista de la legalidad, que nosotros tengamos en algunas compañias las unidades aptas para realizar el traslado no significa que sea una responsabilidad legal de nosotros.
Y el segundo punto, la autorizacion para llevar al paciente se le solicita al SAMU directamente o via radial, puede ser por factores como la distancia del servicio de salud, porque no hay mas espacio en las ambulancias para su traslado, etc y en tal caso de no estar el SAMU y si Carabineros es a ellos a quien debes pedirle la autorizacion para el traslado de paciente a fin de evitar consecuencias legales que puedan recaer en bomberos en el caso de omitir la autorizacion de traslado.
Olviden el rollo legal: evalúen el caso a caso, apliquen criterio, actúen en consonancia y.... salven vidas.
Colega, creo que estas mal en decir "olviden el rolllo legal", ya que nunca esta demas saber las consecuencias legales de los actos que ejecutan los bomberos en el ejercicio de sus funciones. Asi como dices tu hay que aplicar criterio, correcto, pero al decir "olviden el rollo legal" no es actuar con criterio.
Estimado BOMBERO C.B.L.S.
Es bueno saber que existan bomberos como tu y Akron que les interese el tema legal porque no es materia de conocimiento de muchos, por razones de desconocimiento.
Respondiendo a tu pregunta
¿Pero existen parametros definidos para que opere el denominado estado de necesidad o el cumplimiento de la posición de garante ante la sociedad?
Los parametros para que opere el
Estado de necesidad se encuentran consagrados en el mismo inciso 7 del Articulo 10 del Codigo penal y serian los siguientes:
No sera responsable de los daños o perjuicios ocasionados cuando se actua para evitar un mal, SIEMPRE que se reunan los siguientes requisitos
- Un peligro inminente del mal que se trata de evitar
- Que sea mayor que el causado para evitarlo
- Que no haya otro medio practicable y menos perjudicial para impedirlo.
1ero. El
"peligro inminente" seria la posible muerte del paciente.
2do. El daño que podrias causar seria siempre menor en comparacion a la posible muerte de la victima por no ser trasladada.
y el 3er y ultimo punto de mucha importancia seria que no este el SAMU en el lugar ni carabineros
"otro medio practicable" y por ende recae en bomberos por estar mas capacitados que algun particular que se encuentre en el lugar
"menos perjudicial para impedirlo" (la muerte del paciente).
Saludos colegas :
