Suprema rechazó apelación y mantuvo nulidad de castigo para dos bomberos
Tres meses se tardó la Corte Suprema en resolver la apelación presentada por la superintendencia del Cuerpo de Bomberos de Punta Arenas que procuraba revertir el fallo de la Corte de Apelaciones que acogió un recurso de protección interpuesto por los voluntarios Carlos Mayorga Vera y Máximo Fuentes Zamorano de la Sexta Compañía de Bomberos.
Con fecha 21 de junio, el máximo tribunal del país rechazó la apelación, quedando de esta manera a firme la sentencia que ordenó dejar sin efecto la medida de suspensión de 90 días recaída sobre los reclamantes. Según la resolución, el Consejo Superior de Disciplina carecía de atribuciones para volver a sancionar a los voluntarios, considerando que originalmente éstos ya habían sido castigados por el comandante René Mancilla con una suspensión de 15 días de toda actividad bomberil.
El fallo de la Corte Suprema confirmó por 3 votos a 2 lo resuelto por la Corte de Apelaciones. El voto de minoría estuvo por revocar el referido fallo y rechazar el recurso de apelación, bajo el argumento de que el Consejo Superior de Disciplina tiene las facultades y competencia para imponer la sanción que terminó siendo impugnada.
Fuente: La Prensa Austral
Tres meses se tardó la Corte Suprema en resolver la apelación presentada por la superintendencia del Cuerpo de Bomberos de Punta Arenas que procuraba revertir el fallo de la Corte de Apelaciones que acogió un recurso de protección interpuesto por los voluntarios Carlos Mayorga Vera y Máximo Fuentes Zamorano de la Sexta Compañía de Bomberos.
Con fecha 21 de junio, el máximo tribunal del país rechazó la apelación, quedando de esta manera a firme la sentencia que ordenó dejar sin efecto la medida de suspensión de 90 días recaída sobre los reclamantes. Según la resolución, el Consejo Superior de Disciplina carecía de atribuciones para volver a sancionar a los voluntarios, considerando que originalmente éstos ya habían sido castigados por el comandante René Mancilla con una suspensión de 15 días de toda actividad bomberil.
El fallo de la Corte Suprema confirmó por 3 votos a 2 lo resuelto por la Corte de Apelaciones. El voto de minoría estuvo por revocar el referido fallo y rechazar el recurso de apelación, bajo el argumento de que el Consejo Superior de Disciplina tiene las facultades y competencia para imponer la sanción que terminó siendo impugnada.
Fuente: La Prensa Austral