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Para establecer una norma especial para los vehículos de emergencia, en especial los de los Cuerpos de Bomberos, parlamentarios de distintas bancadas presentaron una moción que modifica la Ley N°18.290 de Transito.
Todo esto en relación a las particulares características técnicas de algunos vehículos, en atención a las prestaciones que brindan en las distintas emergencias, como escalas telescópicas, brazos hidráulicos, carros bomba, camiones cisterna, y carros de rescate, es necesaria una regulación especial.
En este sentido, cabe decir que actualmente la normativa señala que los vehículos deberán reunir las características técnicas de construcción, dimensiones y condiciones de seguridad, comodidad y presentación que establezca el Ministerio de Transportes, y no podrán exceder el peso máximo permitido por el Ministerio de Obras Públicas.
Por ejemplo, el diputado Bernardo Berger, de la región de Los Ríos explicó que a su juicio parece de toda lógica que exista una norma jurídica que exceptúe a los vehículos de emergencia de ciertas exigencias legales aplicables al transporte de carga, que en el caso de Bomberos no necesariamente cumplen o pueden cumplir.
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