1. ¿Qué es el fondo de proyectos Presidente de la República?
El ministerio del interior y seguridad pública a través del fondo social presidente de la república, tiene por objeto invitar a entidades públicas y privadas para que postulen al financiamiento de proyectos de carácter social que contribuyan a apoyar y complementar las políticas de inversión social del gobierno. El objeto principal de estos proyectos es superar la extrema pobreza, mejorar la calidad de vida, prevenir y mitigar las condiciones de vulnerabilidad que les afectan. Se dividen en FONDES o FONDO NACIONAL siendo los primeros de exclusiva presentación por parte de intendencias o gobernaciones
2. ¿Quiénes pueden postular al fondo de proyectos presidente de la república?
Pueden postular tanto organismos públicos como privados, en el caso de éstos últimos se requiere cumplir con los siguientes requisitos
· Personalidad jurídica vigente con directiva actualizada
· Organización sin fin de lucro
· Debe la organización estar inscrita como organismo receptor de fondo públicos de acuerdo con la ley 19862
· Sin saldos pendientes por rendir Fondo Presidente de la República
El proyecto será presentado por la unidad administradora de fondos, entidad que podrá o no ser la beneficiaria de la recepción del fondo Presidente de la República
Para estos efectos la unidad receptora tendrá la importante misión de recibir los recursos, realizar los pagos y rendir lo que fuese necesario
3. ¿Qué tipo de proyectos financia el Fondo Social Presidente de la República?
El fondo Social Presidente de la República busca financiar proyectos en las siguientes líneas de financiamiento
· Fomento de la Vida y el capital social (Postulan Sedes sociales, centros de madres, clubes sociales, centros de padres, clubes deportivos, adulto mayor etc.)
· Prevención y protección civil (Postulan Bomberos, defensa civil, comités de protección civil, municipalidades entre otros)
· Fomento Productivo (Postulan agrupaciones de artesanos, pescadores, agricultores y todos aquellos que busquen mejoras en su producción económica a nivel de grupo social)
· Acción social (Postulan instituciones como corporaciones, fundaciones, centros asistenciales y buscan mejorar la calidad de vida especialmente de los grupos más vulnerables)
Respecto del punto número dos es importante destacar que los proyectos para la protección y prevención civil buscan mitigar situaciones de riesgo ya sea por origen natural o humano y que pudiesen afectar a las personas, sus bienes o el medio ambiente (Así podemos considerar todo tipo de emergencias bomberiles, desde incendios estructurales hasta incendios forestales, pasando por emergencias químicas etc.)
El fondo permite postular a Equipamiento e Infraestructura
· La Infraestructura Incluye la compra, habilitación, reparación, y construcción de cuarteles de Bomberos
· El equipamiento incluye la compra de equipos de seguridad, elementos de telecomunicaciones, artículos de protección personal,
· Adquisición de carros bomba o de rescate
4. ¿A qué montos puedo postular mediante el fondo presidente de la República?
En éste caso debemos distinguir si se trata de proyectos de equipamiento o de infraestructura. Para el caso de los primeros, la diferencia entre aquellos menores y mayores depende del monto a solicitar, así:
· Proyectos de equipamiento menor son aquello cuyo monto máximo de postulación es de $ 1.600.000
· Proyectos de Equipamiento mayor son aquellos cuyos montos oscilan entre $1.600.000 y $30.000.000. Estos proyectos son especiales y atienden a compras que por su envergadura y especiales características requieren de un especial financiamiento. Así por ejemplo se incluye la compra de equipos de protección personal para bomberos, herramientas de rescate o material para emergencias incluyendo además carros bomba o de rescate
· Los proyectos de infraestructura están orientados para el mejoramiento, adquisición, construcción, ampliación o reparación de cuarteles. El monto de asignación de estos proyectos tienen un mínimo de 1.600.000 y un máximo de 30.000.000
5. ¿Qué sucede si mi proyecto requiere un mayor financiamiento?
Se puede optar a la opción de cofinanciamiento, sin embargo esto se debe declarar en forma expresa y ser autorizado. Se permitirá ésta modalidad sólo para proyectos de forma específica en donde el cofinanciamiento provenga de trasferencia de fondos del estado o el proyecto sirva para dar cumplimiento a una norma legal
En el caso de los financiamientos estos solo se permiten cuando se requiera financiar, complementar o contribuir al monto total del proyecto, el cofinanciamiento no puede superar el veinte por ciento de lo solicitado. Para lo anterior se deberá respaldará el cofinanciamiento con una declaración jurada del representante legal
6. ¿Cómo puedo realizar mi postulación?
La postulación es de dos tipos, electrónica y de forma escrita.
Se debe dar prioridad a realizarla en la primera forma, es decir de manera electrónica. Todos los documentos presentados han de ser fidedignos y el no cumplimiento a lo anterior es causal de acciones penales
El plazo de postulación vence el 30 de abril del año 2014 y la postulación electrónica se hace por medio de la páginahttp://www.interior.gob.cl/fondo_social.html
Una vez realizada la postulación cumplido con los requisitos obligatorios, se generará un código verificador del proyecto, el cual debe ser resguardado por el postulante para efectos de conocer del estado del proyecto
7. ¿Cómo puede mi proyecto decretarse admisible?
Un proyecto se declara admisible cuando mantiene conforme la ficha de postulación electrónica o mantiene documento de respaldo de la ficha impresa. Además se debe cumplir con los siguientes requisitos
· La generación del código del proyecto
· La presentación de la documentación de respaldo fidedigna
8. ¿Cómo obtengo información del estado de mi proyecto?
Dentro del formulario de postulación se detalla la necesidad de contar con un correo electrónico de contacto, el cual debe encontrase vigente para efectos de comunicar la admisibilidad y el estado del proyecto
9. ¿Qué puede suceder cuando envió mi proyecto para evaluación?
· Que sea rechazado por no cumplir con los requisitos. En tal caso se informará de manera fundada los motivos que llevan a no aceptar la postulación
· Que sea Declarado admisible pero con observaciones, en tal caso deberán ser subsanadas en los plazos que correspondan
· Declarado pre calificado por cumplir con todos los requisitos
10. ¿Qué sucede en caso que mis documentos sean observados?
Puede que el proyecto sea observado por presentar antecedentes incompletos, o porque no satisfacer los requisitos de postulación.
El plazo para subsanar las observaciones será de 13 días hábiles para los proyectos de equipamiento menor y de 25 días para los proyectos de equipamiento mayor e infraestructura. Los plazos se computan desde el día posterior al envió del correo electrónico de notificación
De no contestarse las observaciones, el proyecto se declarará rechazado sin posibilidad de apelación.
11. ¿Qué sucede si contesto las observaciones dentro del plazo, pero estas no resuelven en su totalidad las observaciones?
Las organizaciones podrán apelar en un plazo de 20 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la declaración final de admisibilidad. La Apelación deberá ser comunicada por correo electrónico [email protected]o mediante carta certificada a la jefatura del fondo social. La apelación sólo procederá en casos de revisión formal del proyecto
12. ¿Dado el caso que mi proyecto sea pre calificado, pero sin financiamiento inmediato, qué situación se puede generar?
En tal caso el proyecto ingresará al proceso fondo social del año siguiente al de su postulación y a la espera de financiamiento. De no conseguir lo anterior dentro del año de postulación siguiente, el proyecto ingresará al banco de proyectos aún así trascurrido un año, el proyecto deberá ser re postulado.
En todos los casos de requerirse una actualización de antecedentes deberá el postulante dar cumplimiento a la solicitud en tiempo y forma requerida. De producirse cambios normativos que afecten la orgánica del proyecto deberán ser informados y respaldados con documentación anexa.
13. ¿Cuáles son los criterios de elegibilidad de un proyecto presentado?
· Coherencia, la cual evalúa la correspondencia entre el proyecto y su línea de financiamiento además de la coherencia entre los objetivos y los antecedentes presentados. Se pondera con 25%
· Calidad, evalúa los atributos de calidad e innovación del proyecto en relación a si presentan un avance significativo en el desarrollo de los objetivos y actividades propias de la organización. Se pondera con un 25%
· Impacto, el cual evalúa si los resultados propuestos y la fundamentación tienen
correlación y sugieren un impacto sobre el grupo de beneficiarios identificados en el proyecto y el territorio donde se emplaza. Se pondera con un 40%
· Distribución equitativa, evalúa si la organización se adjudicó recursos el año anterior al de postulación. Se pondera con 10%
En tal caso se generará una ficha de evaluación (FE) la cual recogerá el fundamento de la evaluación realizada. La ficha generará un puntaje que es informado a la comisión tripartita que conocerá del proyecto
14. ¿Qué documentos debo presentar?
(Se detallan los documentos esenciales. Se recomienda siempre remitirse a las instrucciones generales o a la asesoría de un gestor de proyectos)
DOCUMENTOS GENERALES
· Declaración Jurada del Superintendente, indicando que conoce y acepta el proyecto postulado
· Certificado de Personalidad Jurídica vigente y de directiva vigente (Hoy en día es extendido por el registro civil)
· Fotocopia simple del representante legal del Cuerpo de Bomberos (Superintendente)
· Fotocopia simple del RUT de la organización, en caso que se encuentre en trámite se aceptan certificados de documento en trámite con un plazo máximo de 90 días desde su emisión.
· Fotocopia simple de libreta de ahorro, cuenta corriente, última cartola o documento que acredite su existencia y emitida por el banco correspondiente. Los documentos deben ser presentados bajo la representación de la persona jurídica y no se aceptan cuentas de personas naturales
· El cuerpo de Bomberos debe estar inscrito como unidad receptora de fondos públicos, para eso se requiere estar inscrito de acuerdo a lo establecido en la ley 19862, hecho que puede comprobarse con un certificado de Unidad receptora de fondos públicos.
· Certificado que acredite lugar de funcionamiento y extendido por el superintendente para el caso de proyectos de equipamiento menor
· Documento que acredite lugar de funcionamiento para proyectos de equipamiento mayor o infraestructura dependiendo de la figura jurídica que se quiera demostrar. Dominio, comodato, arrendamiento, usufructo u otros títulos de uso
(Se recomienda asesoría técnica en ésta materia)
· Se debe adjuntar una declaración de gastos simple, en la cual se incluyan cada producto a adquirir con su valor unitario y su costo total con IVA
· Se deberá adjuntar un resumen de proyecto en el cual se fundamenten los criterios de coherencia, calidad, e impacto que tendrá el proyecto
En todos los casos anteriores se debe consultar la guía del proceso de postulación al fondo presidente de la república o ser asesorado por un gestor de proyectos.
PROYECTOS DE EQUIPAMIENTO
· Para proyectos de equipamiento se deberán presentar tres cotizaciones del producto seleccionado. La elección de la cotización corresponde a la organización. Solo se permiten cotizaciones de empresas que sean parte del comercio establecido y que entreguen factura. Las cotizaciones deben señalar nombre, dirección, teléfono, y Rut del proveedor todos los cuales constituyen datos esenciales para confirmar la idoneidad del proveedor. No se aceptan cotizaciones en las cuales se promociona la entrega de productos adicionales. Las cotizaciones extraídas por internet se aceptan cuando están expresadas con los valores en efectivo y al contado.
· Para el caso de productos que tengan uno o dos proveedores en el mercado se admitirá excepcionalmente y previa calificación la no presentación de las cotizaciones restantes. Sólo se aceptarán estos casos cuando se logre acreditar que por las especiales características del bien o equipamiento no existe otro proveedor en el mercado o que por las condiciones geográficas se hace excesivamente difícil o costoso encontrar un producto de similares características
En todos los casos anteriores se debe consultar la guía del proceso de postulación al fondo presidente de la república o ser asesorado por un gestor de proyectos.
PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA
· Para el caso de los proyectos de infraestructura se requiere la presentación de tres presupuestos por obra vendida emitidos por contratistas con situación tributaria al día. Los contratistas deben estar individualizados señalando Rut y nombre. Se debe contemplar en el presupuesto el letrero de la obra
· Para el caso de proyectos de infraestructura que impliquen edificación se deben adjuntar los valores propios de la tramitación del permiso de edificación y de recepción de obras
· Dado el caso de proyectos que contemplen la instalación de sistemas eléctricos o de gas, se deberán incluir los presupuestos por la tramitación de las autorizaciones e inspecciones emitidos por la superintendencia de electricidad y combustibles
· Para el caso de compra de bienes inmuebles se deben adjuntar el certificado de informaciones previas (C.I.P) de la dirección de obras municipales o certificado de ruralidad.
· Se ha de adjuntar un certificado de expropiación de la DOM correspondiente.
· También se deberá adjuntar el avaluó fiscal del inmueble emanado por el SII. Se deberá adjuntar a lo anterior un certificado de tasación comercial por empresa o profesional competente.
· Se deberá presentar una promesa de compraventa con vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2014. En el caso de ser fijada una clausula penal está deberá a estarse a la no preselección o aprobación del proyecto
· Copia simple de la inscripción de dominio vigente del vendedor emitido hasta con 120 días anteriores a la fecha de la postulación emitido por el CBR
· Certificado de gravámenes y prohibiciones sobre el inmueble emitido por el CBR
· Copia simple de las cuentas de agua, luz y gas de los últimos 3 meses cuando corresponda
· Certificado del pago de contribuciones al día o certificado de exención dado sea el caso.
· El contrato de Compraventa debe llevar inserta la cláusula de no enajenar por hasta un periodo de 5 años
· Si el inmueble se encuentra ya construido, se requiere de un certificado de la DOM que acredite que se encuentra regularizado
· En el caso de subdivisiones prediales deberá ser acreditada por la DOM correspondiente
· Documento que contenga todos los materiales y procesos constructivos considerados para ejecutar el proyecto
· Planimetrías o esquema dimensionado del proyecto que se desea ejecutar
· Certificado de Zonificación de la DOM
En todos los casos anteriores se debe consultar la guía del proceso de postulación al fondo presidente de la república o ser asesorado por un gestor de proyectos.
Pongo a disposición de Los Cuerpos de Bomberos, ésta sencilla guía Sobre postulación al fondo presidente de la Republica, importante forma de financiamiento que el año 2013 benefició a 20 Cuerpos de Bomberos de Chile con un monto total de $464.657.553 Millones de pesos.
Lo anterior lo realizo guiado esencialmente por el espiritu altruista,fraterno y de mutua ayuda que debiese reinar siempre entre quienes bajo un mismo ideal juramos prestar un servicio de calidad a nuestra nación
Angelo Pizarro Saavedra
Asesor de Proyectos Bomberiles
Voluntario Cuerpo de Bomberos de La Serena