Gratitud, no daño, a Bomberos
EDITORIAL DEL DIARIO EL LLANQUIHUE DE PUERTO MONTT
No puede haber desquicio humano más repelente que aquel de las bromas con llamadas falsas o el de la obstaculización, cualquiera sea el móvil, a la abnegada y valerosa labor que, en favor de la protección de los bienes y vidas de la gente, cumplen los voluntarios del Cuerpo de Bomberos, en este caso de Puerto Montt.
Permanentemente, la institución bomberil porteña está sufriendo los embates de sujetos irresponsables que engañan a los bomberos convocándolos a determinados lugares afectados por incendios que no existen, que les dificultan su llegada oportuna a los focos de siniestros y accidentes o que los atacan violentamente cuando están trabajando en la extinción del fuego, además de aquellos que cometen robos en sus cuarteles, entre otros repudiables atentados. Con lo que exponen -de ocurrir tragedias de verdad- que la siempre salvadora intervención bomberil no se pueda verificar, aparte de los gastos inoficiosos que demandan tan burdos como irracionales acciones delictivas.
¿Qué hacer frente a esta lacra antisocial?
Se puede echar mano a algunas disposiciones legales.
A propósito, es oportuno recordar que el 27 de septiembre de 2002 fue promulgada una ley para proteger a Bomberos en actos de servicio, la cual introduce en el Código Penal el artículo 268, que sanciona con la pena de reclusión menor en su grado mínimo (61 a 541 días) "al que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública". De manera que este instrumento legal protege a los voluntarios bomberiles en acción tanto de quienes llaman a las centrales en actitud de burla y provocan la movilización de material extintor del fuego, como de los que interfieren el sistema radial o causan algún problema en el lugar de la emergencia, como la agresión a los bomberos en servicio.
De igual manera, la institución bomberil porteña, este año, ha hecho una indispensable inversión en implementar en su cuartel central un sistema especial de detección de las llamadas telefónicas engañosas, con lo que se pretende mantener a raya a los maléficos bromistas telefónicos.
Nuestros admirables Caballeros del Fuego están en situación, por tanto, de recurrir a estas importantes herramientas legales defensivas, que una vez aplicadas, sin duda, comenzarán a surtir los efectos neutralizadores deseados en aras de la vital eficiencia bomberil, tan primordial para la tranquilidad ciudadana y la seguridad de sus bienes.
En todo caso, hay que insistir en el fortalecimiento de una conciencia respetuosa de los deberes institucionales, particularmente de aquellas organizaciones que generosamente sirven a la población. Tal cual lo hace el Cuerpo de Bomberos de Puerto Montt, cuyos integrantes están siempre dispuestos a entregar lo mejor de sí mismos con tal de proteger las vidas y bienes de la gente. A Bomberos, por lo tanto, no se daña. Se le agradece y aplaude.
EDITORIAL DEL DIARIO EL LLANQUIHUE DE PUERTO MONTT
No puede haber desquicio humano más repelente que aquel de las bromas con llamadas falsas o el de la obstaculización, cualquiera sea el móvil, a la abnegada y valerosa labor que, en favor de la protección de los bienes y vidas de la gente, cumplen los voluntarios del Cuerpo de Bomberos, en este caso de Puerto Montt.
Permanentemente, la institución bomberil porteña está sufriendo los embates de sujetos irresponsables que engañan a los bomberos convocándolos a determinados lugares afectados por incendios que no existen, que les dificultan su llegada oportuna a los focos de siniestros y accidentes o que los atacan violentamente cuando están trabajando en la extinción del fuego, además de aquellos que cometen robos en sus cuarteles, entre otros repudiables atentados. Con lo que exponen -de ocurrir tragedias de verdad- que la siempre salvadora intervención bomberil no se pueda verificar, aparte de los gastos inoficiosos que demandan tan burdos como irracionales acciones delictivas.
¿Qué hacer frente a esta lacra antisocial?
Se puede echar mano a algunas disposiciones legales.
A propósito, es oportuno recordar que el 27 de septiembre de 2002 fue promulgada una ley para proteger a Bomberos en actos de servicio, la cual introduce en el Código Penal el artículo 268, que sanciona con la pena de reclusión menor en su grado mínimo (61 a 541 días) "al que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública". De manera que este instrumento legal protege a los voluntarios bomberiles en acción tanto de quienes llaman a las centrales en actitud de burla y provocan la movilización de material extintor del fuego, como de los que interfieren el sistema radial o causan algún problema en el lugar de la emergencia, como la agresión a los bomberos en servicio.
De igual manera, la institución bomberil porteña, este año, ha hecho una indispensable inversión en implementar en su cuartel central un sistema especial de detección de las llamadas telefónicas engañosas, con lo que se pretende mantener a raya a los maléficos bromistas telefónicos.
Nuestros admirables Caballeros del Fuego están en situación, por tanto, de recurrir a estas importantes herramientas legales defensivas, que una vez aplicadas, sin duda, comenzarán a surtir los efectos neutralizadores deseados en aras de la vital eficiencia bomberil, tan primordial para la tranquilidad ciudadana y la seguridad de sus bienes.
En todo caso, hay que insistir en el fortalecimiento de una conciencia respetuosa de los deberes institucionales, particularmente de aquellas organizaciones que generosamente sirven a la población. Tal cual lo hace el Cuerpo de Bomberos de Puerto Montt, cuyos integrantes están siempre dispuestos a entregar lo mejor de sí mismos con tal de proteger las vidas y bienes de la gente. A Bomberos, por lo tanto, no se daña. Se le agradece y aplaude.