Estimados foristas, quisiera consultar si alguien sabe quienes son los que finalmente apueban los estatutos y modificaciones que se le hagan al reglamento de un cuerpo de Bomberos, solo el Directorio General el encargado de dar el visto bueno a esto, o se debe citar a una Asamblea General para en votacion dar por aprobado el Reglanento y los estutos, para asi legalizar dichos documentos.
Les agradeceria pudieran aclarar mis dudas, de antemano muchas gracias.
- Hay que distinguir:
Los Estatutos de un Cuerpo de Bomberos, y sus modificaciones, al igual que los de cualquiera Corporación de Derecho Privado sin fines de lucro, son autorizados por S.E. el Presidente de la República, a través de Decreto Supremo del Ministerio de Justicia, según lo dispone el Título XXXIII del Libro I del Código Civil,arts. 545 y siguientes,y el Reglamento de Concesión de Personería Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, del Ministerio de Justicia
Los Reglamentos de cada Cuerpo de Bomberos, hechos en base a esos Estatutos, son modificados por procedimientos internos, que cada Estatuto o Reglamento prevé.
Lo que pueden hacer los Directorios de los CCBB, es decidir que Estatutos se envían al Ministerio de Justicia para la aprobación del Gobierno
Espero te sirva la información.