Enfermedades Pre Existentes y Seguro Bomberil

Nacho

Comandante de Guardia
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Caballeros:

En conversacion con mi amigo INCOMPRENDIDO nos hemos planteado la siguiente interrogante respecto de la Ley sobre accidentes de Bomberos en actos de servicio (seguro bomberil) y su aplicacion ante una efermedad pre existente al acidente:

Supongamos Un Voluntario sufre un corte en una de sus piernas en el desarrolo de labores Bomberiles ya sea ejercicios, Incedios, Rescates. este bombero sufre de Diabetes y la lesion se agrava,producto de esta enfermedad teniendo como consecuencia la amputacion de la extremidad.

Respecto de este caso ¿opera el seguro bomberil? ¿el afectado puede impetrar los beneficios?


Atento a sus respuestas, especialmente de los Bomberos Jurisconsultos
 

RVRESCUE

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31 Mar 2007
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Aseguradoras



Mi trabajo se relaciona de alguna forma con este tema.

Las compañias aseguradoras pierden su derecho a establecer restricciones, excluir de la cobertura un diagnostico o patologia o incluso caducar el contrato de un afiliado, cuando al tiempo de la suscripcion de un contrato no media un documento en el que este declare las patologias preexistentes.

Una vez formalizado el contrato y sin existir este documento (declaracion de salud), la aseguradora esta obligada a entregar cobertura completa a cualquier diagnostico del afiliado, fuera este conocido por el o no al tiempo de la suscripcion.

En este caso, aunque no existe una suscripcion de contrato, si existe un beneficio, en el cual no se establecen (hasta ahora... espero en el futuro si lo haga) condiciones preliminares para el otorgamiento de beneficios.

Saludos,

REINALDO VALLEJOS CACERES
 

RVRESCUE

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31 Mar 2007
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Valparaiso
Habria que pensarla dos veces antes de...



Y digo... "espero en el futuro se establezcan condiciones", porque quizas esta sea la UNICA forma en que consigamos cautelar que...

  1. Personas con patologias de riesgo o definitivamente edad incompatible con el servicio bomberil activo se involucren en las operaciones y mas tarde debamos lamentar tragicos sucesos como el que hoy vivimos con el bombero de la 9na. de Santiago.
  2. Bomberos emprendan acciones inconsultas y fuera de todo procedimiento (si este existe).
  3. Se utilice equipos de proteccion personal completo.
Fijar condiciones puede ser muy util... los CCBB se verian obligados a establecer procedimientos... los OBAC no tomarian a la ligera las decisiones sobre las operaciones pues sobre ellos ahora si en terminos legales pesaria una gran responsabilidad... incluso eso exigiria que se cumplieran requisitos para acceder al cargo de Oficial... seria un requisito el uso de equipo de norma, lo que permitiria que se priorizaran las inversiones (en vez de una mesa de pool estariamos obligados a primero tener a todos los bomberos con equipo de norma)... no tendriamos a bomberos de 70 años tripulando a emergencias... tampoco tendriamos a bomberos con problemas de HTA, DM, obesidad severa, Etc. en operaciones de emergencia, Etc... no tendriamos a bomberos deambulando ni actuando por iniciativa propia... no veriamos maquinas de bomberos corriendo a todo dar por las calles convirtiendose incluso en un mayor riesgo que el bien que se persigue... no habria bomberos realizando tareas para las que poca o ninguna preparacion tienen.

La posibilidad de perder todo beneficio de este seguro, por ser exigida una investigacion que establezca el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos, frenaria de forma notable la impresionante cantidad de muertes perfectamente evitables... ya que por las buenas no hemos sido capaces de establecer nosotros mismos las condiciones minimas de trabajo.

REINALDO VALLEJOS CACERES

 

Bompri

Chupe
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26 Ene 2009
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3
Nacho, muy bueno el tema para el debate. Voy a comentar en lo laboral que conozco algo el tema

Yo creo que muchos cuando han comenzado con un trabajo son sometido a una batería de exámenes los cuales buscan saber el estado de salud antes de comenzar con un trabajo (Examen Pre-ocupacional) es obligación por parte del empleador realizar dicho examen a menos que la persona lo tenga vigente, muchos de estos exámenes solo duran 1 año por lo cual el empleador esta obligado a realizar nuevamente el examen cuando su fecha de vigencia expira. Pero que pasa en el caso de los bomberos desconozco si otros CC.BB exigen algún tipo de exámenes para los que quieran ingresar, creo que existe nulo seguimiento con respecto a este tema, haber si alguien como señalas nacho nos puede indicar si este tipo de casos queda cubierto con el seguro bomberil.

Saludos
 

prat6

Chupe
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6 Ene 2008
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en MUCHOS cuerpos de bomberos he escuchado exámenes para determinar SALUD COMPATIBLE CON EL SERVICIO...

pero nadie aclara qué es eso ni menos la lista de exámenes que deben realizarse y su periodicidad, pues la salud compatible se certifica al momento de ingresar pero no se hacen reevaluaciones... la salud compatible después de 5, 10, 15, 20 ó 25 años habrá cambiado en algo?

Por lo mismo, quienes están relacionados con el tema (médicos y enfermeros o estudiantes con tema de tesis) podrían abordarlo de acuerdo a Chile, tomando en cuenta que otros países ya lo hicieron por nosotros.

así como hace años atrás se elaboró un perfil psicológico de los rescatistas de la quinta región costa, se debería establecer un test dirigido para bomberos...
 

BOMBERO C.B.L.S

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1 Sep 2006
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Claramente tal como menciona estimado RVRESCUE, el decreto ley 1757 no hace distinción alguna ni tampoco establece criterios para la obtención de los beneficios a los que accederían los Bomberos en caso de Accidentes.

Es por lo mismo que hemos dicho en el foro, que el tema del no uso de equipamiento normado, no es causal para negar las prestaciones medicas y atenciones asistenciales que requiera un bombero, eso es un falso mito que últimamente me ha tocado escuchar en diversos cuarteles de Bomberos. (Ojo que no significa que esté de acuerdo).

Ahora ya hace un tiempo las aseguradoras se pusieron quisquillosas cuando comenzaron a notar que los voluntarios se comenzaban a accidentar en partidos de fútbol, y actividades extra bomberiles, por ende no es una realidad distante.

En palabras sencillas de un antiguo aforismo jurídico: La ley es clara, donde no hace distinción el legislador, el interprete no ha de distinguir.
 

Nacho

Comandante de Guardia
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No fuero las aseguradoras, si no la mismisina SVS que determino que la actividades deportivas y de camaraderia quedaban fuera de la Ley (dada la cantidad de Goles que trataban de pasarle), por otra parte el Cuerpo debe reconocer que el Voluntario sufirio el accidente en Acto de servicio, ahora el problema es cuando se trata de efermedades ¿como justifico que la patologia fue causada por que participe en tal o cual acto de servción o fue acumulativa en el tiempo por no usar ERA por ej.? hata donde se no existe en ningun C. de B segumiento de este tipo y menos seguimiento sobre poteciales patologias psicologicas derivadas del la actividad Bomberil