En votación dividida Corte Suprema aprobó invalidación de castigo para oficial bomberil
Por la vía legal, el oficial consiguió dejar sin efecto la resolución del Consejo Superior de Disciplina por la que se le aplicó la sanción de separación del cargo respecto de las irregularidades que quedaron al descubierto al interior de la Sexta Compañía de Punta Arenas
En votación dividida la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada de 22 de marzo pasado pronunciada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, que dio lugar al recurso de protección interpuesto por el capitán de la Sexta Compañía de Bomberos, Javier Mayorga Vera.
Por la vía legal, el oficial consiguió dejar sin efecto la resolución del Consejo Superior de Disciplina por la que se le aplicó la sanción de separación del cargo respecto de las irregularidades que quedaron al descubierto al interior de dicha compañía. El fallo de la Corte de Apelaciones fue apelado por el superintendente Claudio Miranda Douglas, por lo que el veredicto local debió necesariamente revisado por el máximo tribunal del país.
Con fecha 4 de junio, la Corte Suprema, por 3 votos a 2, ratificó el fallo. El voto de minoría correspondió al ministro Pedro Pierry y al abogado integrante Peralta, quienes estuvieron por revocar el referido fallo, al concluirse que de la lectura de los artículos 21 Nº17, 53 y 57, de los Estatutos y Reglamento del Cuerpo de Bomberos de Punta Arenas, es posible determinar que “el Consejo Superior de Disciplina tiene facultades y competencia para imponer la sanción que se impugna por la presente vía, por cuanto, dicho órgano fue convocado por el Directorio General del Cuerpo de Bomberos, en uso de la atribución que le confiere el primero de los preceptos antes citados, de derivar a los órganos disciplinarios los casos que estime conveniente y que afectaren a los intereses generales del Cuerpo de Bomberos, por lo que en concepto de los opinantes la medida disciplinaria de separación aplicada al recurrente (Javier Mayorga), en definitiva, es la única sanción que se le impuso por las faltas que le fueron imputadas e investigadas bajo las reglas que ha establecido el cuerpo normativo referido”.
De acuerdo a tales argumentos, para los disidentes del fallo se colige entonces que la parte recurrida (Consejo Superior de Disciplina) al proceder de la manera en que lo hizo, no incurrió en ilegalidad o arbitrariedad alguna.
Pendiente se encuentra el resultado de la apelación del Cuerpo de Bomberos respecto de un segundo recurso de protección interpuesto por Carlos Mayorga Vera y Máximo Fuentes Zamorano, también voluntarios de la Sexta Compañía, quienes por la misma vía judicial, lograron invalidar una sanción disciplinaria recaída en su contra.
Fuente: Diario La Prensa
Por la vía legal, el oficial consiguió dejar sin efecto la resolución del Consejo Superior de Disciplina por la que se le aplicó la sanción de separación del cargo respecto de las irregularidades que quedaron al descubierto al interior de la Sexta Compañía de Punta Arenas
En votación dividida la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada de 22 de marzo pasado pronunciada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, que dio lugar al recurso de protección interpuesto por el capitán de la Sexta Compañía de Bomberos, Javier Mayorga Vera.
Por la vía legal, el oficial consiguió dejar sin efecto la resolución del Consejo Superior de Disciplina por la que se le aplicó la sanción de separación del cargo respecto de las irregularidades que quedaron al descubierto al interior de dicha compañía. El fallo de la Corte de Apelaciones fue apelado por el superintendente Claudio Miranda Douglas, por lo que el veredicto local debió necesariamente revisado por el máximo tribunal del país.
Con fecha 4 de junio, la Corte Suprema, por 3 votos a 2, ratificó el fallo. El voto de minoría correspondió al ministro Pedro Pierry y al abogado integrante Peralta, quienes estuvieron por revocar el referido fallo, al concluirse que de la lectura de los artículos 21 Nº17, 53 y 57, de los Estatutos y Reglamento del Cuerpo de Bomberos de Punta Arenas, es posible determinar que “el Consejo Superior de Disciplina tiene facultades y competencia para imponer la sanción que se impugna por la presente vía, por cuanto, dicho órgano fue convocado por el Directorio General del Cuerpo de Bomberos, en uso de la atribución que le confiere el primero de los preceptos antes citados, de derivar a los órganos disciplinarios los casos que estime conveniente y que afectaren a los intereses generales del Cuerpo de Bomberos, por lo que en concepto de los opinantes la medida disciplinaria de separación aplicada al recurrente (Javier Mayorga), en definitiva, es la única sanción que se le impuso por las faltas que le fueron imputadas e investigadas bajo las reglas que ha establecido el cuerpo normativo referido”.
De acuerdo a tales argumentos, para los disidentes del fallo se colige entonces que la parte recurrida (Consejo Superior de Disciplina) al proceder de la manera en que lo hizo, no incurrió en ilegalidad o arbitrariedad alguna.
Pendiente se encuentra el resultado de la apelación del Cuerpo de Bomberos respecto de un segundo recurso de protección interpuesto por Carlos Mayorga Vera y Máximo Fuentes Zamorano, también voluntarios de la Sexta Compañía, quienes por la misma vía judicial, lograron invalidar una sanción disciplinaria recaída en su contra.
Fuente: Diario La Prensa