Duda accidentes en servicio

Lieutenant

Postulante
Miembro
5 Sep 2015
13
11
1
Hola, saludos!

He oído de un comandante de un CB, decir que para que un accidente en acto de servicio sera reconocido por la SVS y lleve su respectiva indemnización, el bombero debe estar equipado con todo su uniforme y no puede estar en falta de ningún elemento de protección (además este debe ser normado), también debe contar la certificación para las labores que está realizando. Entre otras cosas más que dijo.

Si bien me parece correcto, tengo algunas dudas respecto a ciertos casos. Por ejemplo si en un accidente en trayecto desde o hacia una emergencia y los bomberos no llevaban uniforme (van con tenida de cuartel), no corre el seguro (según este comandante). ¿Por qué no debería correr, si el elemento de protección es para incendios estructurales no para colisiones y choques en vehículos?, es más si llevara el casco este podría producir más daños al bombero.

Si un bombero se tuerce un pie y sufre lesión, no le correría seguro si no lleva casco (según este comandante). ¿en que le podría ayudar llevar el casco? me parece absurdo.

En caso de incendio forestal, es mejor usar el uniforme estructural que uno mas liviano (no normado) en caso de sufrir accidente, ya que no cubriría el seguro por no ser uniforme de bombero. En este punto se entiende por el tema de normas, pero el uso de un uniforme sin norma representaría menor riesgo de estrés térmico y por ende sería mejor elemento de protección que un uniforme estructural, ¿se podría apelar por ese lado en caso de no cubrir un seguro?

¿Qué culpa tiene el bombero de que no se le entreguen los elementos de protección adecuado para cada emergencia? ¿Por qué es él que se ve perjudicado en la obtención de un seguro? ¿Debiera hacerse cargo el CB de la indemnización del bombero, si son ellos quienes no le dieron los elementos necesarios y le enviaron a trabajar igual?

El elemento de protección debe proteger acorde a los riesgos presentes en la emergencia, creo yo.
Pero según este comandante, habría que andar sobre protegido.

¿Será realmente así?

Saludos!

*** Corrección: no es seguro, es beneficio
 

Nacho

Comandante de Guardia
Miembro
Miembro Regular
MODIFICA EL D.L. Nº 1.757, DE 1977 OTORGA BENEFICIOS POR ACCIDENTES Y ENFERMEDADES A LOS MIEMBROS DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS

http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=6728&idParte=0

MODIFICA EL D.L. Nº 1.757, DE 1977, ESTABLECIENDO BENEFICIOS A FAVOR DE LOS MIEMBROS DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS

http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=197228


Ley Marco



http://www.bomberos.cl/bomberos2011/ley marco/leymarco.pdf

Reglamento
.
http://www.bomberos.cl/imagenes/mul...creto Nº95, Aprueba reglamento ley 20564.PDF
 

Nacho

Comandante de Guardia
Miembro
Miembro Regular
Hola, saludos!

He oído de un comandante de un CB, decir que para que un accidente en acto de servicio sera reconocido por la SVS y lleve su respectiva indemnización, el bombero debe estar equipado con todo su uniforme y no puede estar en falta de ningún elemento de protección (además este debe ser normado), también debe contar la certificación para las labores que está realizando. Entre otras cosas más que dijo.


¿Será realmente así?

Saludos!

*** Corrección: no es seguro, es beneficio

¿Donde dice aquello?