Tomando en cuenta la poco agradable descalificacion que se hizo en un post, y el poco conocimiento que existe sobre algo tan importante como la calidad de "Perito" en una persona, me tomare la libertad de explicar y dar a conocer mi humilde punto de vista sobre el terminino... es importante saber que en la R.P.P (Reforma Procesal Penal) el tema tal vez, menos pulido y trabajado es; el rol y la calidad de "Perito" de una persona, tengase en cuenta que la deficinion legal del tema, y las funciones de dicha persona estan pauteadas en el C.P.P. (Codigo Procesal Penal) especificamente en el Libro III, Titulo II, Parrafo 6 "Informe de Peritos", art. 314 en adelante, y dicen textual
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Artículo 314. - Procedencia del informe de peritos. El ministerio público y los demás intervinientes podrán presentar informes elaborados por peritos de su confianza y solicitar que éstos fueren citados a declarar al juicio oral, acompañando los comprobantes que acreditaren la idoneidad profesional del perito.
Procederá el informe de peritos en los casos determinados por la ley y siempre que para apreciar algún hecho o circunstancia relevante para la causa fueren necesarios o convenientes conocimientos especiales de una ciencia, arte u oficio. Los informes deberán emitirse con imparcialidad, ateniéndose a los principios de la ciencia o reglas del arte u oficio que profesare el perito.
entonces... desglosando y entendiendo este articulo podemos darnos cuenta basicamente que: tanto el ministerio publico (la parte acusatoria) como la defensa pueden presentar un informe evacuado por una persona de su confianza, quien solo debe acreditar la idoneidad profesional del mismo, dicho esto entonces, TODA PERSONA que mantenga conocimientos "acreditables" sobre una Ciencia, Arte u Oficio, puede prestar declaracion en calidad de PERITO, ya sea en una Inv. Inc. Pericia Fotografica, Documental, Papiloscopica, Cocina, Fisica, Deporte, etc, etc
como se puede ver entonces, la "Pobre definicion" de perito o la pobre oracion que cita " Perito es toda persona versada en una ciencia o arte"... abren la puerta para muchisimas interrogantes, las que se pueden ir respondiendo teniendo una mejor o una clara vision del termino en cuestion, para aquello entonces, podriamos comprender a un "Perito, en materia Criminal" a toda aquella persona que conozca acerca de una materia o topico, el cual en alguna investigacion juridica sea imprescindible su colaboracion o prestacion de servicios para establecer a traves de sus conocimientos cientificos y/o tecnicos, de que forma se gesto una determinada accion delictual de un hecho acontecido, en nuestro caso... un incendio.
claro que, por cierto, esto tal como ocurre en todo peritaje es solo una proposicion de algo, porque si un perito llega a considerar que su informe pericial o hipotesis pericial de un hecho es el definitivo, estaria incurriendo en un error, dado que nadie en este mundo es dueño de la verdad absoluta... entonces comprendiendo claramente que el perito a traves de su informe "intenta reconstruir un hecho o fenomeno acontecido (por medio de un metodo, el cientifico, y con el apoyo de una tecnica)", podemos tener en claro, que tanto el señor Chareau, el señor Gomez, el señor Rivas, etc, etc... pueden tener dicha calidad, osea la de "Peritos"...
ojala las descalificiaciones dejen de ser tan comunes en nuestro foro, y en especial de manera tan cobarde como la anonima, como citaba el poeta y dramaturgo aleman Johann Wolfgang Goethe "El cobarde solo amenaza cuando esta a salvo".
...saludos
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Artículo 314. - Procedencia del informe de peritos. El ministerio público y los demás intervinientes podrán presentar informes elaborados por peritos de su confianza y solicitar que éstos fueren citados a declarar al juicio oral, acompañando los comprobantes que acreditaren la idoneidad profesional del perito.
Procederá el informe de peritos en los casos determinados por la ley y siempre que para apreciar algún hecho o circunstancia relevante para la causa fueren necesarios o convenientes conocimientos especiales de una ciencia, arte u oficio. Los informes deberán emitirse con imparcialidad, ateniéndose a los principios de la ciencia o reglas del arte u oficio que profesare el perito.
entonces... desglosando y entendiendo este articulo podemos darnos cuenta basicamente que: tanto el ministerio publico (la parte acusatoria) como la defensa pueden presentar un informe evacuado por una persona de su confianza, quien solo debe acreditar la idoneidad profesional del mismo, dicho esto entonces, TODA PERSONA que mantenga conocimientos "acreditables" sobre una Ciencia, Arte u Oficio, puede prestar declaracion en calidad de PERITO, ya sea en una Inv. Inc. Pericia Fotografica, Documental, Papiloscopica, Cocina, Fisica, Deporte, etc, etc
como se puede ver entonces, la "Pobre definicion" de perito o la pobre oracion que cita " Perito es toda persona versada en una ciencia o arte"... abren la puerta para muchisimas interrogantes, las que se pueden ir respondiendo teniendo una mejor o una clara vision del termino en cuestion, para aquello entonces, podriamos comprender a un "Perito, en materia Criminal" a toda aquella persona que conozca acerca de una materia o topico, el cual en alguna investigacion juridica sea imprescindible su colaboracion o prestacion de servicios para establecer a traves de sus conocimientos cientificos y/o tecnicos, de que forma se gesto una determinada accion delictual de un hecho acontecido, en nuestro caso... un incendio.
claro que, por cierto, esto tal como ocurre en todo peritaje es solo una proposicion de algo, porque si un perito llega a considerar que su informe pericial o hipotesis pericial de un hecho es el definitivo, estaria incurriendo en un error, dado que nadie en este mundo es dueño de la verdad absoluta... entonces comprendiendo claramente que el perito a traves de su informe "intenta reconstruir un hecho o fenomeno acontecido (por medio de un metodo, el cientifico, y con el apoyo de una tecnica)", podemos tener en claro, que tanto el señor Chareau, el señor Gomez, el señor Rivas, etc, etc... pueden tener dicha calidad, osea la de "Peritos"...
ojala las descalificiaciones dejen de ser tan comunes en nuestro foro, y en especial de manera tan cobarde como la anonima, como citaba el poeta y dramaturgo aleman Johann Wolfgang Goethe "El cobarde solo amenaza cuando esta a salvo".
...saludos