Estimados amigos, camaradas Bomberos, sabían Uds. que existe desde hace muchos años un Dcto Ley que supervigila y regula el cumplimiento de los Esatutos y reglamnetos de las las Corporaciones y Fundaciones de derecho Privado ( lo que legalmente son todos los Cuerpos de Bomberos del pais, incluida la Junta Nacional)
Bueno es saber, que existiendo una vulneracion de los " estatutos" de la Corporación ( llamase Cuerpo de Bomberos) los afectados pueden hacer sus denuncias al Ministerio de Justicia, Departamento de Personas Juridicas.
Este Departamento hace las investigaciones correspondientes y resuelve sobre el caso, lo que indica que cada Cuerpo de Bomberos es una persona legal, totalmente independiente a otra y que solo, el Ministerio de Justicia puede entrar a resolver conflictos de este tipo.
Esto indica que nadie, o sea ni siquiera la Junta Nacional puede intervenir en el quehacer legal de cada Cuerpo, menos los Consejos Regionales, y seran los propios organismos a traves de sus comisiones que establece el Regalmento quienes dan solución a sus problemas.
Invito a investigar sobre el tema, ya que ni siquiera la Junta Nacional ha informado sobre este importante instrumento legal que nos da una ayuda para combatir las calamidades legales que se producen al interior de las Instituciones.
Abramos el debate y la información, ya que sera la unica forma que a nadie se le meta el dedo en la boca con autoridad establecida por tradición o por oficios.
Que dicen los Bomberos -Abogados--?
Dcto Ley 110/1979 Biblioteca Congreso Nacional
Bueno es saber, que existiendo una vulneracion de los " estatutos" de la Corporación ( llamase Cuerpo de Bomberos) los afectados pueden hacer sus denuncias al Ministerio de Justicia, Departamento de Personas Juridicas.
Este Departamento hace las investigaciones correspondientes y resuelve sobre el caso, lo que indica que cada Cuerpo de Bomberos es una persona legal, totalmente independiente a otra y que solo, el Ministerio de Justicia puede entrar a resolver conflictos de este tipo.
Esto indica que nadie, o sea ni siquiera la Junta Nacional puede intervenir en el quehacer legal de cada Cuerpo, menos los Consejos Regionales, y seran los propios organismos a traves de sus comisiones que establece el Regalmento quienes dan solución a sus problemas.
Invito a investigar sobre el tema, ya que ni siquiera la Junta Nacional ha informado sobre este importante instrumento legal que nos da una ayuda para combatir las calamidades legales que se producen al interior de las Instituciones.
Abramos el debate y la información, ya que sera la unica forma que a nadie se le meta el dedo en la boca con autoridad establecida por tradición o por oficios.
Que dicen los Bomberos -Abogados--?
Dcto Ley 110/1979 Biblioteca Congreso Nacional