Haber primero que todo quiero señalar que no soy abogado, soy criminalista y por ende conozco mucho acerca del tema porque me relaciono con esto mucho mas que los abogados ¿Por qué? Porque los abogados argumentan normas, leyes etc. Mientras que los peritos y nosotros PROBAMOS las cosas, es decir, argumentamos los elementos probatorios, asesoramos en términos de pruebas que son el pilar de los juicios penales, sin pruebas no ganas. Para eso fui entrenado intelectualmente para asesorar a los abogados en términos penales y civiles de acuerdo a PRUEBAS.
Un usuario hablo acerca del decreto 50 y del manual multi-institucional, eso señala que las 3 instituciones se reconocen una de otra y deben trabajar en conjunto en la emergencia y bla bla bla y el ABC de la emergencia señala la labor de cada uno, así que ojo a bomberos no le cubre la ley del buen samaritano como antes, ahora somos reconocidos por la ley como una institución profesional con cursos y conocimientos afianzados.
Para los que no saben el actual sistema procesal penal cambio en Chile hace un par de años atrás, eso quiere decir que no basta con tener un titulo que certifica lo que haces, aparte de eso debes probar en juicio que realmente sabes mediante interrogatorios, contra interrogatorios, cursos, pruebas a la vista etc. En otras palabras debes convencer al juez de que lo que hiciste esta bien hecho de acuerdo a lo estipulado por el manual de rescate, de lo contrario, por mucho que tengas el diploma de rescatista no ganaras el juicio y podrás verte implicado en una responsabilidad penal, ya que darás a conocer que no sabes.
Mauricio yo tengo compañeros con mas de 30 años de bombero y también desconocían este tema, lamentablemente para ti que el manual no contemple procedimientos no significa que no sean obligaciones, ya que bomberos al ser reconocido legalmente por el estado de chile como una institución profesional (lo que antes no era) quiere decir que actúa bajo conocimientos (cursos). Si no me crees averigua que compañía en Concepción debió pagar un vehículo nuevo por extricar mal (no fue necesario el procedimiento) ya que fue demandada por un particular, no diré que compañía fue, pero para que veas lo equivocado que estas y te falta mucho mas por saber de lo que realmente crees.
Demiak no es necesario que carabineros conozca nuestro manual para que tenga validez legal, de la misma forma tampoco es necesario que tu conozcas todas las normas y leyes de este país, así como también todos los procedimientos de carabineros para que sean reales y existentes legalmente.
La realidad es que la gran mayoria de las personas desconoce el tema legal (pacientes o involucrados) y por eso no sabe lo que puede hacer frente a ello, pero eso no quiere decir que no exista, actualmente los abogados para atender estos casos debe asesorarse de operadores para contra valorar a otro operador de rescate, de lo contrario seria muy difícil llegar a la verdad de su actuar. Lo mismo ocurre con los peritos en incendio de bomberos en el tema de pólizas de seguro o implicancias legales.
Les pongo un ejemplo:
Si en un accidente un paciente se ve afectado gravemente y uds no ponen collar cervical y mientras extraen al paciente en el procedimiento lo dejan parapléjico o le pasan a llevar las 2 primeras vértebras y lo matan, aunque tengan 10 abogados les aseguro que les será muy difícil ganar ese juicio, porque estan cayendo en mala praxis por muy operadores que sean.
¿Dónde esta la diferencia?
Si extraes al paciente con collar cervical puesto y chaleco de extricacion y se muere, estarás exento de responsabilidad penal (no hay responsabilidad penal) porque están cumpliendo con los procedimientos del manual de rescate y eso esta garantizando que están trabajando con el procedimiento correcto
Diferente seria que no tuvieran collar ni chaleco y extrajeran al paciente, acá si hay una responsabilidad penal que en este caso seria la negligencia de no haber hecho el procedimiento que ustedes sabían que había que hacer (que señala el manual de rescate), no existe la intención de dañar al paciente PERO si tienen la culpa por haber sido irresponsables en su actuar por tanto hay responsabilidad penal.
Espero que haya quedado claro el tema, NO HAY RESPONSABILIDAD PENAL SIEMPRE Y CUANDO HAGAS LO ACORDE AL MANUAL DE RESCATE ACTUALIZADO A LA FECHA.
AL CONTRARIO SI SE ACTUA IRRESPONSABLEMENTE AUNQUE SE ESTE CERTIFICADO ACARREAS RESPONSABILIDAD PENAL. DENOMINADO EN CHILE COMO: MALA PRAXIS
saludos