Son edificios privados.
Pero ojos, aveces son entregados a consesion o en comodato por entidades públicas,por tanto no pierden esa categoria de edificios públicos.
Ahora en chile no existen edificios públicos, son edificaciones fiscales, que albergan servicios públicos, es por esto que un particular no puede llegar a vivir a una comisaria.
En el ámbito legal, se diferencian los bienes de uso público, como lo son las plazas, los parques públicos, la playa de mar o los caminos públicos, de los bienes de dominio fiscal como por ejemplo los edificios donde funcionan los servicios de las reparticiones ministeriales del gobierno,que pertenecen al estado, especificamente a su persona jurídica que es el fisco, por tanto se encuentran limitados en uso, el cual sólo corresponde a los respectivos funcionarios de las reparticiones públicas o en su defecto ,se limitan para la atención abierta el público, pudiendo restringir el acceso si así se estimase conveniente por el correspondiente administrador del mismo.
En definitiva,la regla general es que un cuartel de bomberos no sea un lugar para el transito libre de particulares ajenos a ésta institución.
Ahora eso no significa que nos encerremos,y no dejemos entrar a un jardin infantil, o aun menor que quiere conocer un carro.
Ahí lisa y llanamente se aplica el criterio.
Saludos