Bomberos no pudo apagar un incendio en Iquique porque empresas negaron acceso

bluebird3

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Un insólito hecho ocurrió esta mañana luego que Bomberos no pudiera un incendio que consumía u a mediagua en Iquique.

Según confirmó a SoyIquique el teniente de Bomberos Ignacio Ortiz, el hecho ocurrió pasadas las 10:00 en la ladera del cerro Esmeralda, entre las empresas DyC Terminal y Lipigas, las que negaron el acceso a los voluntarios para que pudieran combatir el fuego, que finalmente destruyó la mediagua.

Al lugar llegó personal de Bomberos de la compañía Sargento Aldea n°6.

soyiquique.cl
 

Elkete

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Recuerdo haber leído hace tiempo que por ley nadie debe impedir el acceso de bomberos a un incendio, ni siquiera el dueño de casa.

Cuando lo leí no era bombero, pero no he vuelto a encontrar que ley o decreto es.
 

nfd

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mmmmm no se. me declaro nulo
 

darp_310

Bombero Activo
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Nacimiento, region del bio-bio
"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal:

a) Agrégase el siguiente artículo 268 bis, a continuación del artículo 268:

"Artículo 268 bis.- El que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo.".

b) Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 269:

"Incurrirá en la pena de presidio menor, en su grado mínimo a medio, el que impidiere o dificultare la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a combatir un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 27 de septiembre de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.
 
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gonzaju2

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22 Dic 2008
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Santiago centro -CBS
He escuchado cuando la central pasa esta informacion al OBAC en varios casos, y ante esto si han permitido el paso del material.
(yo tengo una copia impres en la bomba, lista para mostrarla cuando sea necesario)

lo que mas se escucha es por los 10-4-1 que los lesionados no quieren ser atendidos por bomberos y se acepta su peticion.
 

Elkete

Comandante de Guardia
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Esa modificación en esa ley es del 2002, pero hay una ley mucho mas antigua, años 70-80 que habla que los bomberos no necesitan autorización de nadie para ingresar a un incendio, en su tiempo me llamó la atención ya que hasta los pacops se suponía necesitaban una autorización judicial para ingresar a algún lugar.

Esta ley se puede aplicar para lo de Iquique, pero está esa otra más antigua que refuerza a esta última.
 

Nacho

Comandante de Guardia
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Esa modificación en esa ley es del 2002, pero hay una ley mucho mas antigua, años 70-80 que habla que los bomberos no necesitan autorización de nadie para ingresar a un incendio, en su tiempo me llamó la atención ya que hasta los pacops se suponía necesitaban una autorización judicial para ingresar a algún lugar.

Esta ley se puede aplicar para lo de Iquique, pero está esa otra más antigua que refuerza a esta última.

Creo que es parte de de algún mito bomberil, en el futuro subiré un articulo sobre el tema pre reforma.para aclarar, lo de lo 80 es un ejemplo que el no permitir ingreso puede ser para encubrir algo oscuro, en 16 años nunca he sabido que se aplique esos articulos del Codigo Penal
 

fireengineering

Chupe
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14 Ago 2014
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Norte grande
Que yo sepa nunca se ha aplicadop esa norma, si cuarto en los 80 paso en una industria del sur oara encubrir un robo con homicidio.
Pasa porque no conocen la ley y no tienen pantalones para aplicarla, es bastante clara respecto de sus sanciones, solo deben denunciar en el minuto a Carabineros y que ellos procedan con el arresto inmediato.
 
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wastii

Chupe
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Molesta y dan rabia este tipo de situaciones, pero más me molesta y emputece que quién esté a cargo sepa imponerse y hacer cumplir la ley.
 

Guardian Nocturno

Bombero Activo
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Teniendo respaldo legal cambia la cosa, pero ojo que si se hace entrada a pesar de la oposición del propietario, guardia o nochero y eso implica romper cerraduras, cadenas o candados, podrían demandar por daños a la propiedad privada.
Para ahorrarse problemas, lo mejor es llamar a Carabineros, quienes actuan como juez de fe de la ocurrencia de la emergencia, como también de la oposición de los propietarios o guardias.