Mi pregunta va dirigida específicamente hacia los vehículos de Carabineros y Municipales.
Explico,
Segun la ley de transito 18.290:
"Artículo 4°.- Carabineros de Chile y los Inspectores Fiscales y Municipales serán los encargados de supervigilar el cumplimiento de las disposiciones a que se refiere la presente ley, sus reglamentos y las de transporte y tránsito terrestre que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o las Municipalidades, debiendo denunciar, al Juzgado que corresponda, las infracciones o contravenciones que se cometan.
Asimismo, fiscalizarán el cumplimiento de las normas sobre jornada de trabajo de los conductores de vehículos destinados al servicio público de pasajeros o de carga, contenidas en el Código del Trabajo, y denunciarán su incumplimiento al Juzgado del Trabajo correspondiente. "
¿Que pasa si en un vehiculo particular (me refiero a cualquier vehiculo que no sea de Carabineros, municipales, etc) su conductor va hablando por celular sin manos libres mientras conduce, si el vehiculo tiene una luz que no funciona, los ocupantes de un vehiculo van sin cinturón, o alguien dobla en una esquina no permitida?
Lo mas probable es que si un Carabinero te sorprende en algunas de las situaciones antes señaladas (puse lo más común), te saquen un parte.
Pero ¿que pasa cuando estas infracciones las cometen Carabineros o los vehiculos de "seguridad ciudadana municipales"? ¿Alguien les saca un parte?
A que va todo esto;
Hace tiempo me he empezado a fijar como conducen Carabineros y los inspectores municipales, y me he dado cuenta de que muchos Carabineros que CONDUCEN van hablando por ceular sin un sistema de manos libres, sin cinturón de seguridad, en la noche me he fijado en que varios RP (y otros vehiculos similares) no tienen todas sus luces en buen estado y varias veces he visto vehiculos policiales o municipales doblando en esquinas en donde no esta permitido virar (me refiero a situaciones de patrullaje no a emergencias )
¿Tiene Carabineros y los inspectores municipales la facultad de infringir las leyes?
Explico,
Segun la ley de transito 18.290:
"Artículo 4°.- Carabineros de Chile y los Inspectores Fiscales y Municipales serán los encargados de supervigilar el cumplimiento de las disposiciones a que se refiere la presente ley, sus reglamentos y las de transporte y tránsito terrestre que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o las Municipalidades, debiendo denunciar, al Juzgado que corresponda, las infracciones o contravenciones que se cometan.
Asimismo, fiscalizarán el cumplimiento de las normas sobre jornada de trabajo de los conductores de vehículos destinados al servicio público de pasajeros o de carga, contenidas en el Código del Trabajo, y denunciarán su incumplimiento al Juzgado del Trabajo correspondiente. "
¿Que pasa si en un vehiculo particular (me refiero a cualquier vehiculo que no sea de Carabineros, municipales, etc) su conductor va hablando por celular sin manos libres mientras conduce, si el vehiculo tiene una luz que no funciona, los ocupantes de un vehiculo van sin cinturón, o alguien dobla en una esquina no permitida?
Lo mas probable es que si un Carabinero te sorprende en algunas de las situaciones antes señaladas (puse lo más común), te saquen un parte.
Pero ¿que pasa cuando estas infracciones las cometen Carabineros o los vehiculos de "seguridad ciudadana municipales"? ¿Alguien les saca un parte?
A que va todo esto;
Hace tiempo me he empezado a fijar como conducen Carabineros y los inspectores municipales, y me he dado cuenta de que muchos Carabineros que CONDUCEN van hablando por ceular sin un sistema de manos libres, sin cinturón de seguridad, en la noche me he fijado en que varios RP (y otros vehiculos similares) no tienen todas sus luces en buen estado y varias veces he visto vehiculos policiales o municipales doblando en esquinas en donde no esta permitido virar (me refiero a situaciones de patrullaje no a emergencias )
¿Tiene Carabineros y los inspectores municipales la facultad de infringir las leyes?