¿ Puede un vehículo de emergencia violar las reglas del tránsito ?

bluebird3

Moderador
Miembro del equipo
1 Dic 2010
33.063
1.146
8
Chile
INDEPENDENCIA-CON-ECHAURREN-300x170.jpg

¿Están facultados los vehículos de emergencia para violar las leyes del tránsito, ante la ocurrencia de un hecho que amerite su presencia ?

La respuesta a esta pregunta es sólo una: NO.

Según reza la ley del tránsito, los vehículos de emergencia disponen de ciertas facultades para facilitar su labor, pero en ningún caso se contempla la violación de estas normas.

Lo anterior adquiere mayor relevancia luego del episodio ocurrido a fines de la semana pasada producto de la arriesgada actitud de un voluntario de Bomberos de la primera compañía, el cual para dirigirse a controlar un incendio de pastizales lo hizo a exceso de velocidad y en contra el tránsito, violando todas las reglas existentes.

El singular hecho, que pudo haber tenido serias consecuencias, ocurrió cuando la unidad 11 debió concurrir a un siniestro forestal y el bombero a cargo de la conducción consideró que para llegar más rápido lo más aconsejable era conducir varias cuadras contra el tránsito, lanzado así el pesado vehículo por calle Echaurren, rumbo al sur (vale decir, desde Independencia hacia calle Coronel Santiago Bueras) poniendo en riesgo no sólo su integridad física sino la del voluntario que le acompañaba y de todos los conductores que venían en sentido contrario los cuales se vieron sorprendidos con la aparición del carro bomba de frente, en un hecho totalmente inaudito.

Consultada la Ley del tránsito está señala claramente que cualquier vehículo, incluidos los de emergencia, deben respetar todas las normas imperantes, aun cuando éstos últimos dispondrán de ciertas preferencias. Al ir con sus dispositivos de emergencia activados, tienen el derecho preferente de paso, esto quiere decir, que al llegar a un cruce regulado por semáforo, por ejemplo, y tiene luz roja, solo podrá avanzar cuando estén todos los vehículos detenidos y le “cedan el paso”.

Sobre la actuación de los conductores, el título XI destaca claramente que, ante la aproximación de un vehículo de emergencia y que en esos momentos esté haciendo uso de señales audibles y visuales, otro móvil que circule en la misma dirección deberá respetar el derecho de preferencia que tiene ese vehículo de emergencia, debiendo de desplazarse al costado de la calzada que tenga desocupada. Dicha reglamentación del tránsito señala que incluso y si fuere necesario, deberá detenerse, hasta que el móvil de emergencia, haya pasado.

En las condiciones referidas, cuando un vehículo de emergencia se aproxime a un cruce con luz roja del semáforo u otra señal de detención, su conductor deberá reducir la velocidad hasta detenerse si fuere necesario, y cruzar solamente cuando verifique que los demás conductores de vehículos le hayan cedido el paso y que no existan riesgos de accidente.

El artículo 147 en tanto destaca que el conductor de un vehículo de emergencia deberá utilizar sus señales audibles y visibles sólo en los casos de llamadas de urgencia o alarma y guiará con todo cuidado y velará por la seguridad de los peatones y vehículos que estén usando la vía, debiendo respetar todas las prescripciones de esta ley que rigen el tránsito público.

Según trascendió, el voluntario que guiaba la unidad bomberil fue inmediatamente suspendido de sus funciones pero posteriormente reincorporado quedando de esta forma impune una acción que irresponsablemente pudo haber traído trágicas consecuencias.

INDEPENDENCIA-CON-ECHAURREN.jpg


La intersección de calles Independencia y Echaurren presenta una señaletica que indica claramente que no se debe virar hacia la izquierda, por quedar en contra del sentido del tránsito.

http://www.diariocronica.cl/?p=3899#more-3899

continuar el tema en el siguiente link

http://www.elbombero.cl/foro/threads/33032-Carro-bomba-contra-el-transito